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PRIORIDADES DEL MINSA Y NORMA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL COVID-19

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¿Una nueva reforma de la salud?

El 4 de noviembre del 2021, el Congreso de la República, ha otorgado el voto de confianza al gabinete ministerial, con 68 votos a favor, 56 en contra y una abstención, luego de amplio debate y una cerrada defensa de su gestión por parte de los ministros. Como se recordará, el debate había quedado trunco, debido a la suspensión de la sesión del día 25 de octubre por duelo, como consecuencia del fallecimiento del congresista por Tacna Fernando Mario Herrera Mamani del partido Perú Libre. Los ministros de Salud (Minsa) y Economía y Finanzas (MEF), además, de la presidente del Consejo de Ministros (PCM) han sido los únicos que han hecho uso de las réplicas en la estación final del debate. Ha llamado la atención el tono maternal y conciliador de la premier y el lenguaje optimista del ministro del MEF. En ese sentido, la votación con 68 votos a favor de la confianza ha sido magra, aunque suficiente, para cumplir con el mandato constitucional, pero insuficiente para construir consensos y gobernabilidad. Una vez más se ha evidenciado el alto nivel de polarización política. 

El ministro de Salud ha basado su argumentación en dos aspectos: el primero, es el mejoramiento de la vacunación contra el Covid-19 y ha reconocido, las falencias y el retraso que existe para vacunar a las poblaciones nativas u originarias, alto andinas y comunidades dispersas, a las que ha agregado, a la población renuente a aceptar la vacunación. A modo de ejemplo, se ha referido a las regiones de Loreto, Ucayali y Puno. Ha señalado, “que esta etapa es más difícil, porque requiere para alcanzar las metas en la vacunación, un mayor esfuerzo, no solo en personal, sino también, en otro tipo de recursos, incluido, los económicos”. Se ha comprometido a vacunar al 100% de la población de Tacna y Tumbes, para abrir las fronteras para el tránsito de personas y el comercio y de esta manera, promover la economía en esas regiones fronterizas. 

El segundo aspecto, ha sido la referencia a una nueva reforma de salud, sin precisar con exactitud la propuesta, salvo, sus críticas directas a EsSalud, a las falencias que existe para enfrentar las enfermedades transmisibles y oncológicas y en la formación de especialistas en medicina. También se ha referido a la necesidad de crear un sistema único de salud, de combatir la fragmentación del Sistema Nacional de Salud, el fortalecimiento del Primer Nivel de Atención de Salud y de la rectoría del Minsa, en clara referencia a la “autonomía que gozan” los gobiernos regionales. Ha soslayado la importancia del sector privado y ha remarcado que la salud no es un negocio, así como la necesidad de una nueva Constitución Política que incida en los “determinantes sociales” de la salud y que garantice el derecho a la salud.  Además, ha solicitado al Congreso que otorgue prioridad a los proyectos laborales de su sector que enviará en breve, sin precisar la temática.  

Como se ha podido apreciar, el listado de críticas del ministro contra el Sector Salud y el Sistema Nacional de Salud ha sido largo, amplio y demoledor. Sin embargo, no ha planteado ninguna propuesta coherente. No ha brindado una priorización de los temas que abordará con los escasos recursos presupuestales que su propio gobierno ha asignado para la salud y tampoco ha señalado si solicitará un presupuesto adicional y a cuánto ascendería, para resolver los aspectos resaltados por sus críticas. Luego de sus críticas, parece inevitable, por coherencia, que planteará al Congreso la corrección del Proyecto de Ley de Presupuesto para el 2022, que presentó su propio gobierno a fines de agosto del 2021. 

El mismo día en que se ha otorgado el voto de confianza al gabinete ministerial, se ha promulgado la Resolución Ministerial 1218-2021/Minsa que ha aprobado la Norma Técnica Sanitaria 178-Minsa/DGIESP-2021 para la “prevención y control del Covid-19”. Si bien es cierto, que el objetivo general y los objetivos específicos, son “establecer los criterios técnicos y procedimientos” para “disminuir el riesgo de transmisión del virus en la comunidad, en los servicios de salud y para estandarizar los procedimientos para la atención y el seguimiento comunitario de los casos con enfoque territorial”, contrasta con el ámbito reducido de aplicación de la Norma Técnica, por tanto, es contradictorio. Es decir, los objetivos son amplios con actividades de salud pública y Atención Primaria de Salud, mientras que el ámbito de aplicación solo atañe a las denominadas instituciones prestadoras de servicios de salud. Es decir, los objetivos no calzan, no encajan, en el reducido ámbito de aplicación de la Norma Técnica. 

En ese contexto, la promulgación de un ámbito de aplicación que se reduce solo a las actividades curativas con acciones dependientes de las llamadas instituciones prestadoras de salud expresa una visión curativa, concordante con el aseguramiento mercantilista que ha sido incapaz de resolver el acceso a la salud de la población antes de la pandemia, y que ha tenido un oprobioso saldo en muertes durante ésta. En ese sentido es un retroceso frente a la importancia de la Salud Pública, la Atención Primaria de Salud y la intervención en los determinantes económicos, sociales y culturales de la salud, así como, frente a la implementación de la Ley 30885 de conformación de las Redes Integradas de Salud (RIS), que define y resalta el rol de los establecimientos de salud y el concurso de la comunidad con enfoque territorial. Dos mensajes contradictorios en un mismo día. ¡Coherencia!

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