En Vivo

BENEFICIOS QUE PERJUDICAN

BENEFICIOS QUE PERJUDICAN

La relación laboral se caracteriza por la correlación entre el trabajo o servicio que se presta al empleador y la remuneración que este último paga al primero por la labor desempeñada.

La remuneración no solo es el salario, llámese jornal o sueldo, según las características de la prestación laboral, sino también comprende diversos otros beneficios, entre ellos las vacaciones pagadas, la compensación por tiempo de servicios, la retribución económica por trabajo desempeñado en feriados sin sustitución por otro día, el aseguramiento en EsSalud, el seguro de vida y de accidentes. Todo ello cuesta y el empleador lo calcula antes de contratar al trabajador.

No creo que nadie dude de que las retribuciones adicionales a la remuneración sean justas, como tampoco se duda de las buenas intenciones y de la emoción social de quienes proponen e incluso logran, mejores condiciones laborales para los trabajadores, sea desde el Parlamento o del Ejecutivo.

El tema no es justicia, sino oportunidad.  Cuando la situación de los empleadores es boyante, reflejo de la bonanza del país, un poco más de beneficios contentará al trabajador pero no perjudicará al empleador, pero cuando hay crisis económica, desconfianza de los emprendedores que se abstienen de invertir ante gobiernos obstruccionistas de la actividad privada, ya la cosa es diferente.  Ante esa situación, si les afecta otorgar más beneficios.

Pero la afectación no solo es para los empleadores, sino también para los trabajadores, puesto que habrá empleadores que ante la crisis opten por el trabajo informal y sin beneficios sociales.  Recientes informaciones confirman que, si bien aumentó la demanda laboral, ella es con trabajo informal y sin beneficios.

Algo parecido a lo expuesto se observa en la tributación, que cuando se exagera en las tasas, en lugar de aumentar la recaudación, se reduce, ya que aumenta la informalidad, la evasión y la elusión.  La recaudación se torna regresiva y en el trabajo sucede tal cual: disminuye.

En días pasados en el Congreso de la República se han aprobado dos nuevos beneficios laborales. Uno es el otorgamiento de ocho días de pagada por luto y, otro es la asignación familiar por hijos con discapacidad.

Justo puede ser y para mi lo es, el tema empero, es determinar si el otorgamiento de esos dos nuevos beneficios es oportuno, teniéndose en cuenta la situación del país que está recién saliendo de los estragos de la pandemia y que crece la desconfianza de los empleadores respecto de la gobernanza del país.

No me cabe la menor duda de la emoción social de quienes propusieron los beneficios como de quienes votaron por su aprobación, pero los efectos de ella en lugar de ser positivos serán negativos, como antes hemos explicado. Una vez más el famoso refrán de que el infierno está empedrado de buenas intenciones, podría aplicarse al tema que estamos tratando.

El Ministerio del Trabajo también lo es de promoción del empleo, y en estos tiempos difíciles no se promoverá con beneficios adicionales como los comentados.

Más articulos de Dr. Ántero Flores-Aráoz

Artículos de Opinión

Por: Francisco Pantigoso Velloso da Silveira, Catedrático de las Universidades del Pacífico y UPC. Director de la Maestría en Tributación de...
RUDECINDO VEGA CARREAZO - Gerente general del Conafovicer
Fuente: Diario Uno Hace dos milenios, semana santa, recuerda la vía crucis o camino a la cruz de Jesucristo, como...
En anterior artículo y gracias a conversaciones con José Linares Gallo, expuse que quienes en el Perú no eran conocedores...
Nuestra Policía Nacional, tiene la obligación constitucional y legal de resguardar el orden público y de recuperarlo cuando él ha...

Programas Especializados

Previous slide
Next slide

Microprogramas

Previous slide
Next slide