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TRILOGIA DE LA ANGUSTIA

TRILOGIA DE LA ANGUSTIA

UNO. Cuando culmine la cuarentena (en teoría el domingo 24 de mayo), los contribuyentes con digito 0 tendrán sólo un mes para terminar los Estados Financieros del ejercicio gravable2019 y determinar el Impuesto a la Renta de aquél, en un calendario que se aplica a aquellos contribuyentes que el año pasado no excedieron de 5,000 UIT (S/21 millones). Nos preguntamos… ¿Será el tiempo suficiente?. ¿Será factible que muchos contadores vuelvan el 24 a sus oficinas a concluir sus cálculos y revisar papeles?. ¿No sería conveniente prorrogar este calendario para evitar contratiempos de los sujetos pasivos?.

DOS. Por otra parte, el lunes 11 de mayo terminó el plazo para que el Ejecutivo cumpliera con la lista de temas sugeridos por él mismo para Decretos Legislativos y una vez más la simplificación de los Regímenes Tributarios no se dio. Continuará la elusión y enanismo. Una nueva oportunidad desperdiciada para crear un Sistema que realmente formalice a la mayoría y que simplifique la recaudación, buscando ideas creativas como, por ejemplo, determinar impuestos a través de rentas presuntivas vs rentas reales (como sucede en Brasil), o impuestos planos de montos fijos según nivel de ingresos o activos, el mayor.

Igualmente, en ese paquete de Decretos Legislativos, no se incluyó una norma sobre la posibilidad de que los gastos por donaciones se extiendan en su deducibilidad a otros ejercicios aparte del 2020, quizás por el hecho de que un cambio de esa envergadura al IR solo tendría efectos en el 2021 y sería de beneficios tardíos.

TRES. Otros aspectos que deben revisarse son los impasses que se han puesto para los pagos a cuenta de enero a marzo del 2020 en el Régimen de Aplazamiento y/o Fraccionamiento Especial (RAF) publicado a través del Decreto Legislativo 1487 el domingo 10 de mayo; en efecto, se indica que esos pagos a cuenta se pueden fraccionar “siempre que el plazo para el aplazamiento y/o Fraccionamiento concluya hasta el 31.12.20”, tiempo realmente diminuto frente a los plazos normales de 36 meses que otorga la misma normativa. Justamente, en los meses de mayor complicación económica para los contribuyentes, los beneficios no llegan a las manos de ellos que por el devengado tendrán pagos a cuenta calculados y por pagar y que sólo los pueden fraccionar hasta fin de año…

Tres temas, tres angustias o sinsabores, tres soluciones o respuestas que deberían llegar. Trilogía en la abultada agenda fiscal.

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