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Los intereses son gasto

Los intereses son gasto

Por Ántero Flores-Aráoz

En reciente artículo, he comentado sobre asuntos tributarios, expresando que existe abuso de algunas empresas contribuyentes del Impuesto a la Renta, al considerar como gastos de ella para la determinación de la renta afecta, egresos que corresponden a terceros y por ello no deben aplicarse al gasto.

Como consecuencia de lo expuesto, SUNAT se ha tornado muy estricta en la fiscalización de los gastos empresariales para el cálculo del citado Impuesto. Recordemos que a grosso modo, el Impuesto a la Renta se aplica a la diferencia entre ingresos y egresos del ejercicio, estimando entre los primeros el valor de venta de su producción o comercialización, considerando también como ingresos las acreencias por cobrar y entre los segundos lo que se haya tenido que gastar para solventar la actividad empresarial gravable.

Evidentemente si todas o algunas de las actividades empresariales han requerido obtener créditos de terceros, con inclusión de inversiones, sean inmobiliarias o no, los intereses que se paguen por las financiaciones, así como las comisiones, tasaciones y gastos legales, son susceptibles de considerarse tributariamente gasto.

Sin embargo, como antes hemos indicado, hay empresas contribuyentes que con notorio abuso y transgresión de la normatividad legal, han aplicado como gasto, por ejemplo, los intereses de créditos hipotecarios de su personal, hayan sido garantizados por las empresas empleadoras o no. Esos gastos financieros no tienen por qué acrecentar los gastos deducibles, por no corresponder a la empresa.

Otra vez “pagarán pato” las empresas contribuyentes cumplidoras de sus obligaciones tributarias, pues en las fiscalizaciones de SUNAT se les viene exigiendo probanza de la aplicación de los créditos recibidos a operaciones específicas.  Esto es una aberración y exceso fiscalizador, pues el importe de los créditos ingresa a lo que se llama caja-bancos, que es como un gran recipiente al cual llegan los ingresos y salen los egresos.  Es imposible determinar a donde va cada sol, pues como repetimos hay arca común y general.

Para hacerlo más comprensible, un ama de casa guarda su salario y el de su pareja, así como el importe de los créditos de consumo recibidos, y del cajón donde tiene esos recursos, va sacando el dinero para el pago del alquiler, pensiones escolares, sueldo de la asistente del hogar, el mercado, la luz, teléfono y agua, entre otros.  Si la SUNAT, con su perniciosa fiscalización revisase las cuentas del ama de casa, seguramente le exigiría demostrar qué sol del crédito de consumo fue para Sedapal y cuál para la empresa de electricidad.  Y probablemente, si se tratase de gastos de mercado, pretendería que se le demuestre cuantas calorías de leche Gloria fueron para piernas y cuantas a los brazos.  Esto sería el reino de la idiotez, con perdón de los genios a quienes se les ocurrió tal bellacada.

Si realmente queremos hacer que la recaudación crezca, la administración fiscal tiene que generar justos precedentes, y sobre todo predictibilidad tributaria para que el país siga atrayendo inversiones que son las crean trabajo formal.

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