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INJUSTICIAS CONTRA LOS SERVIDORES DE SALUD

INJUSTICIAS CONTRA LOS SERVIDORES DE SALUD

Se necesita fortalecer la sostenibilidad financiera de EsSalud.

El Gobierno ha promulgado dos decretos de urgencia con medidas económicas y financieras vinculadas a los recursos humanos dirigidos al Ministerio de Salud (Minsa), a los gobiernos regionales (DU 020-2021) y a EsSalud (DU 022-2021). Por otro lado, mediante el Decreto de Urgencia 020-2021 del 16 de febrero del 2021, ha asignado más de S/ 600 millones para “desarrollar acciones y estrategias para implementar políticas y planes para incrementar la organización y funcionalidad de los servicios de salud”. Asimismo, para continuar con el pago del bono extraordinario, de los servicios complementarios, y los gastos de instalación del personal contratado bajo la modalidad CAS 1057, tanto del Minsa como de los gobiernos regionales; además, de la entrega de la asignación económica por orfandad como consecuencia de la pandemia, mediante la intervención de INABIF, dependiente del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. Cómo se puede apreciar, el DU 020-2021 financia una diversidad de aspectos, que diluyen la parte asignada para los servidores de salud del Minsa y de los gobiernos regionales.

En ese contexto se ha desnaturalizado el proceso de implementación de los servicios complementarios de salud, que es el mecanismo útil para ampliar la oferta de profesionales y técnicos asistenciales,ante las crecientes necesidades de la población, porque permite que los servidores trabajen en modo adicional a su jornada laboral. Y no solo en su propio establecimiento de salud, sino también en otras instituciones públicas que forman parte del Sistema Nacional de Salud. Los servicios complementarios fueron creados por el Decreto Legislativo 1154 promulgado el 2013; pero debido a que contenía una serie de mecanismos engorrosos y burocráticos que dificultan su implementación, es que el Congreso de la República ha aprobado un Proyecto de Ley que se encuentra pendiente de promulgación, por parte del presidente de la República, cuyo plazo vence el hasta el 24 de marzo del 2021. Mientras tanto, el Poder Ejecutivo ha promulgado varios decretos de urgencia que incluyen recursos financieros para ampliar la capacidad de respuesta del Sistema Nacional de Salud. Es obvio que la aplicación de los servicios complementarios implica mayor gasto en el rubro de los recursos humanos y, por tanto, depende de la decisión política de los altos funcionarios del Gobierno. En consecuencia, las decisiones son postergadas o aplicadas a medias, mediante la creación de diversos mecanismos y vericuetos administrativos, bajo el pretexto del ahorro.

Por ejemplo, la Dirección General de Personal del Minsa ha emitido el oficio circular 071-2021-DG-DIGEP/Minsa, al amparo de los Decretos de Urgencia 002 y 020-2021, que precisa qué servidores están exceptuados de realizar los Servicios Complementarios de Salud. Sin embargo, llama la atención que se excluya al personal que labora bajo el régimen del Decreto Legislativo 728 y a los profesionales que realizan el Servicio Rural y Urbano Marginal en Salud (Serums). En EsSalud la mayoría de sus servidores se encuentran bajo el régimen laboral del DL 728; en consecuencia, se priva a esta institución de la posibilidad de fortalecer su capacidad de respuesta en la atención de salud. Asimismo, bloquea la capacidad del Minsa y de los gobiernos regionales para aprovechar la existencia de los profesionales de EsSalud en sus jurisdicciones. Es decir, la prohibición desnaturaliza la esencia misma de los Servicios Complementarios en Salud.

El caso de la exclusión de los profesionales de la salud que realizan el Serums, de los Servicios Complementarios de Salud, es incomprensible sobre todo en momentos de la pandemia. Hay que tomar en cuenta que estos profesionales laboran en los distritos o caseríos más alejados del país, en situaciones muy precarias. Además, la mayoría de las veces son los únicos profesionales de esas localidades. La demanda de atenciones médicas y de salud,se ha incrementado debido a la pandemia; en consecuencia, se requiere ampliar el horario de atención. Por tanto, es necesario que se implemente la modalidad de los Servicios Complementarios de Salud. Sin embargo, el Minsa ha actuado al revés. La anómala decisión del Minsa empuja a la población que requiere atención médica y de salud a pagar sus atenciones, cuando estas se necesitan en las horas en que el establecimiento de salud público está cerrado. Es decir, se promueve el incremento del gasto, las barreras de acceso y la inequidad, sobre todo en los distritos y la población más pobre.

Por otro lado, el DU 022-2021, del 22 de febrero del 2021, autoriza la transferencia del Gobierno central de casi S/ 119 millones para EsSalud, con la finalidad de pagar el “bono extraordinario por labor efectiva del personal asistencial contra el Covid-19” y el pago de los servidores contratados CAS al amparo del Decreto de Urgencia 029-2020 de marzo del 2020. Sin embargo, el monto transferido es pequeño, no resarce el incremento del gasto debido a la pandemia y, además, genera restricciones en el otorgamiento del bono extraordinario en detrimento de los servidores. Por si fuera poco, la pérdida del empleo implica la disminución de ingresos a la caja de EsSalud. Es imprescindible fortalecer la sostenibilidad financiera de EsSalud, sobre todo en momentos de la pandemia, cuando se han incrementado las prestaciones sanitarias. Y también porque brinda atención médica y de salud incluso a los no asegurados. ¡Basta de injusticias!

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