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EDICIONES INTRASCENDENTES

EDICIONES INTRASCENDENTES

Como sabemos, el diario oficial “El Peruano”, es la gaceta oficial, donde se publican las normas legales de todos los niveles, desde las leyes, pasando por tratados internacionales, resoluciones legislativas, decretos legislativos, decretos de urgencia y demás normatividad, sea del Gobierno Central como de gobiernos regionales y municipales.

También se publican las sentencias del Tribunal Constitucional, los turnos judiciales, la información que corresponda al Poder Judicial, los avisos judiciales, las convocatorias a concursos de selección de personal, los llamados a presentación de ofertas para obras o adquisiciones, sean ellas licitaciones o concursos, las convocatorias a asambleas de asociaciones y de juntas generales de sociedades, entre muchas otras informaciones de carácter oficial.

El mandato de publicación de normas de carácter general, nace en la Constitución la que establece, por ejemplo, en lo que a leyes se refiere y normas con rango de ley, que para ser cumplidas requieren ser expedidas por el organismo estatal autorizado, ser promulgadas por quien corresponde y publicadas oficialmente, lo que se hace en el diario “El Peruano”, que en la actualidad está a cargo de una empresa estatal denominada “Editora Perú”.

Es importantísima la publicación de las normas de carácter general, pues ellas rigen desde el día siguiente de su publicación, salvo que la propia norma determine su vigencia posterior.
Evidentemente hay normas que se emiten hoy, se publican mañana, y comienzan a regir pasado mañana.  Sin embargo, existen otras que por su urgencia o importancia requieren cumplirse desde el día siguiente de su emisión, para lo cual se publican en edición especial o extraordinaria de  “El Peruano”, del mismo día de su aprobación o sanción, lo que usualmente es en la noche y de inmediato se publica digitalmente en la página web del diario.  La versión física recién se conoce al siguiente día.

Lo antes señalado, evidentemente obliga a todos los que, por ejercicio de cargo, por calidad de abogados o por interesados en la materia normativa para cumplirla, tenemos que leer “El Peruano” en sus ediciones ordinarias como extraordinarias.

Lo que sucede, y es el objetivo de esta columna, llamar la atención de lo que debe ser una práctica de excepción, esto son las ediciones extraordinarias del diario oficial, que se están convirtiendo en práctica rutinaria, diría que casi diaria.

Por lo dicho, se entiende que excepcionalmente puedan existir ediciones extraordinarias del mencionado diario, pero lo que no se comprende que ello se haya convertido en una práctica regular y, no para publicar normas que por ser urgentes y de inmediatez acreditada lo requieran, sino para publicar normas sin mayor trascendencia que pueden ser publicadas en cualquier momento en las ediciones ordinarias de “El Peruano”.

Como siempre hay que acreditar lo que se afirma, y como dicen “para muestra basta un botón” en la edición extraordinaria del jueves 4 de febrero se publicaron únicamente tres ordenanzas de la Municipalidad de Lurín, que no ameritaban de modo alguno su urgente publicación y que podían esperar la edición ordinaria posterior.  El viernes 5 del mismo mes, en edición extraordinaria, solo una resolución de la Corte Superior de Lima Sur sobre visitas judiciales que recién comenzarán en el mes de marzo. Además, todo ello constituye abuso de utilización de recursos públicos.
Ojalá se termine con ésa mala práctica cuanto antes.

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