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CUNDE EL MAL EJEMPLO

CUNDE EL MAL EJEMPLO

Por Ántero Flores-Aráoz

Es una pena, pero el ansia de reformas constitucionales puede convertirse en viral, por lo menos cunde el mal ejemplo. Además de la gran cantidad de proposiciones legislativas de los parlamentarios para hacer reformas o enmiendas a la Constitución que nos rige desde el año 1993, que ya dura más de lo que rigió la de 1979, hay las reformas propuestas por el Presidente Vizcarra sobre la base de las recomendaciones de la comisión especial que presidió Fernando Tuesta, a lo que ahora se suma la pretendida reforma de todo el capítulo económico de la Constitución vigente, reforma que ha sido propuestas por un grupo de parlamentarios del partido Alianza para el Progreso.

Hasta ahora la Comisión de Constitución del Congreso de la República, ha tenido el buen juicio de no atender las pretensiones reformadoras, que a diestra y siniestra han presentado diversos parlamentarios, y ello debido a que reformar la Constitución, así sea parcialmente, es una tarea extraordinaria, pues cuando se ha aprobado la Constitución es con el ánimo que ella permanezca inalterable el mayor tiempo posible. Debido a ello muy excepcionalmente se han efectuado reformas constitucionales en los casi 30 años de la vigencia de la ley de leyes.

Evidentemente la llamada “reforma política” que en diversos proyectos de reforma constitucional ha presentado al Parlamento el Poder Ejecutivo, se está convirtiendo en la excepción de no tocar la Constitución vigente, y creo que ello, más que por convicción es por temor a incordiar al Presidente de la República desde el Congreso y, más todavía conociendo la poca simpatía que la ciudadanía le tiene al Parlamento, sobre todo por las inconductas de muchos de sus integrantes y el poco predicamento de los que están libres de acusaciones.

Como volvemos a repetir, el mal ejemplo cunde y la pretensión de un grupo de congresistas de APP de modificar íntegramente el capítulo económico, que es el mejor logrado de la Constitución, no solamente es inoportuno sino inconveniente.

El actual capítulo económico, sin lugar a dudas, es el que con sus garantías a la inversión, ha sido un real estímulo para que hayan más inversiones, las que generan puestos de trabajo y estos últimos facilitan la elevación de nivel de vida de la población, el desarrollo del país y el bienestar de los ciudadanos, por lo cual la lógica pregunta es ¿para qué vamos a cambiar el texto de los artículos constitucionales de talante económico? Evidentemente la respuesta es negativa.

La mayor parte de los peruanos considera que la Constitución actual no requiere de mayores cambios y, a quienes pretenden llamar a una Asamblea Constituyente para que elabore una nueva carta magna, les dicen sin temores: de ningún modo, por lo que también hay que rechazar la posición de quienes no pudiendo hacer un cambio total, en la práctica por puchos y cucharadas puedan lograr lo mismo, buscando quizás a desprevenidos parlamentarios que sin quererlo se prestan al juego.

El cambio que se propone es dejar de lado el rol orientador del Estado en materia económica y declarar que el trabajo es la principal fuente de riqueza, olvidando que con los avances de la innovación tecnológica, ello va careciendo de certidumbre. El mismo cambio es en algunos aspectos insustancial como simplemente cambiar de artículo a la obligación del Estado de promover la pequeña empresa, o de cambiar el reconocimiento del pluralismo económico por garantizarlo.

Un tema que deberá estar relegado al Reglamento del Congreso, sería requerir de votación calificada para la aprobación de empresas públicas. Otro despropósito es llevar a la Constitución el gobierno corporativo de las sociedades empresariales, con olvido de que la mayor cantidad de ellas son pequeñas y microempresas familiares. También se pretende que la respuesta nacional al proteccionismo de otros Estados con los cuales hay intercambio comercial, se deban adoptar medicas análogas, cuando el actual texto consagra que ello sea optativo, pues pudiera ser que en algunas circunstancias no sea conveniente la rigidez.

Lo que estimamos grave es dejar de lado la actual disposición constitucional que impide que por norma legal se modifiquen contratos, así como también elevar a rango constitucional la existencia de los entes ú órganos reguladores, cuando todos sabemos que es un tema que habría que revaluarlo pues en la práctica ha duplicado la acción del Estado en diversos rubros y sectores de la actividad económica, requiriéndose si, establecer claras diferencias entre obligaciones ministeriales y las de las entidades reguladoras.

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