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IMPEDIMENTO PARA DETENER A MIEMBROS DE MESA Y PERSONAS HÁBILES PARA VOTAR RIGE DESDE EL SÁBADO 25 DE ENERO

NP – Defensoría del Pueblo 

Defensoría del Pueblo precisa que en el caso de los miembros de mesa la medida rige hasta el lunes 27, salvo casos de delitos flagrantes.

Se supervisará cumplimiento de dicha medida en las dependencias policiales en todo el país.

La Defensoría del Pueblo recuerda a las autoridades de la Policía Nacional y Fuerzas Armadas que está prohibida la detención de cualquier ciudadana o ciudadano que haya sido seleccionado para desempeñarse como miembro titular o suplente durante las 24 horas previas y 24 horas posteriores a cualquier proceso electoral, salvo casos de flagrancia delictiva.

Carlos Fernández, jefe del Programa de Asuntos Penales y Penitenciarios de la Defensoría del Pueblo, explicó que para las Elecciones Congresales Extraordinarias 2020, la medida rige desde el sábado 25 hasta el lunes 27 de enero. Además, agregó que, de acuerdo al artículo 342 de la Ley General de Elecciones, están comprendidos también los personeros de cualquier partido, agrupación o alianza política.

De otro lado, informó que, en el caso de los ciudadanos o ciudadanas habilitados para votar, estos tampoco podrán ser detenidos por ninguna autoridad desde el sábado 25 de enero hasta el mismo día de los comicios, salvo casos de flagrancia.

El representante de la Defensoría del Pueblo precisó que los casos de flagrancia se aplican para cualquier delito, desde conducir en estado de ebriedad hasta delitos graves. Además, dio a conocer también que las autoridades que tengan a su cargo la custodia de cualquier establecimiento de detención están obligadas a dar las facilidades para que los representantes del Jurado Nacional de Elecciones o la Oficina Nacional de Procesos Electorales puedan comprobar la detención ilegal de algún ciudadano o ciudadana con derecho a votar.

En ese sentido, Fernández dio a conocer que, como parte del despliegue nacional que realizará la Defensoría del Pueblo en estas Elecciones Congresales Extraordinarias, se supervisará las dependencias policiales en todo el país para verificar el cumplimiento de la medida.

“Ninguna persona puede impedir el ejercicio del sufragio por lo que, de presentarse alguna detención en los plazos establecidos durante el proceso electoral, el ciudadano o ciudadana puede interponer una acción de hábeas corpus ante el juzgado en lo penal de turno”, precisó.