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EL MILAGRO DE OCTUBRE

EL MILAGRO DE OCTUBRE

La asignación del canon (y sobrecanon) petrolero para Loreto transferido el mes de noviembre (con producción del mes de octubre) tuvo una sorpresa para los beneficiarios del canon petrolero, al aumentarse en 1,694 por ciento producto del reinicio de sus actividades productivas del Lote 95 el último día del mes de setiembre y posterior acuerdo y compromiso con las poblaciones de la localidad nativa de San José de Saramurillo el 10 de octubre para liberar la Estación 1 y hacer posible el transporte del petróleo crudo extraído del subsuelo de Bretaña hacia el Norte del país, a través del Oleoducto Nor Peruano, el mismo que hizo posible aumentar su producción de 21 mil barriles en el mes de setiembre a 288  mil barriles en octubre, configurando una transferencia por concepto de canon petrolero en esta cuarta fase de la reactivación económica en el periodo pandémica, en momentos en que las finanzas públicas por concepto de recursos directamente   recaudados (como complemento a otros recursos) están por los suelos. El milagro del Lote 95 produjo la mayor renta petrolera para Loreto en plena pandemia.

En el caso de la municipalidad distrital de Puinahua, donde se localiza el Lote 95 (campo Bretaña) la asignación y transferencia de canon petrolero en el mes de noviembre fue de s/18 mil 522 luego de recibir en su cuenta un valor simbólico de s/1 mil 208 en el mes de octubre, acumulando una transferencia al 2020 de s/190 mil, separando un monto de s/9 mil 506 para los núcleos ejecutores, fondo que es intangible para la ejecución de inversiones en obras y proyectos sociales en el ámbito del distrito. Es urgente cambiar la distribución del canon petrolero para que los distritos productores de petróleo crudo puedan recibir por lo menos seis veces más a lo percibido en la actualidad, incrementando en la misma proporción para el fondo de los núcleos ejecutores, el mismo que pueda apuntalar mejor las inversiones locales y reducir progresivamente las brechas existentes. Pero no solamente son necesarios los cambios en la distribución del canon petrolero (para volverlo más justo), sino que se requiere un cambio sustancial al DU 0N°79-2009 en su artículo 2° (modificado por el artículo 1° del DU N°026-2010) con el objetivo que solamente el fondo de los Núcleos Ejecutores sirvan para financiar proyectos sociales como: Capacitación técnica y fortalecimiento de las capacidades de gestión en educación y salud; Atención de las madres embarazadas y en periodo de lactancia y de niños menores de seis (6) años por los sistemas de salud y educación; Capacitación y educación para madres en la preparación de alimentos y prácticas saludables en el cuidado de los niños; y, Campañas de alfabetización; para que el fondo del canon petrolero y los fondos del Fideicomiso (descentralizado) ahora en el Congreso de la República, como producto del Plan de Cierre de Brechas sean para financiar, en un 70 por ciento inversiones (y gastos operativos) y el 30 por ciento para gastos sociales (incluye innovación tecnológica) para apalancar proyectos productivos comunales con una mayor participación de jóvenes y mujeres enlazados ellas en artesanía y turismo rural comunitario.

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