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Restringen hasta junio circulación de transporte de carga por la Carretera Central

Principalmente de viernes a domingo, en el tramo comprendido en los kilómetros 23 y 175.

Lima, ene. 18. Desde enero hasta junio de este año se restringirá la circulación de los vehículos por la Carretera Central, en el tramo comprendido desde el kilómetro 23 hasta el 175 (Repartición La Oroya) y viceversa, a fin de lograr una mayor fluidez del tránsito y mejorar la seguridad en esta vía, dispuso el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

Mediante un Resolución Directoral publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la Dirección General de Transporte Terrestre precisó que esta medida alcanza a los vehículos especiales de las categorías M, N y O con autorización temporal para la circulación. Asimismo, aquellos vehículos especiales y que transportan mercancía especial y las combinaciones vehiculares especiales (bitrenes), de hasta 4 metros de ancho y de hasta 60 toneladas de carga.
 
Estas unidades podrán circular de lunes a jueves solo con autorización de Provías Nacional y hasta un máximo de 50 vehículos por día. 
 
En tanto, los vehículos especiales y aquellos que transportan mercancía especial y las combinaciones vehiculares especiales (bitrenes) con más de 4 metros de ancho o con más de 60 toneladas de carga, podrán circular de lunes a jueves solo con autorización de Provías Nacional y hasta un máximo de un vehículo por día.
 
La norma enfatiza que de viernes a domingo queda totalmente prohibida la circulación de cualquiera de estos vehículos. Excepcionalmente, por razones de urgencia debidamente justificadas, Provias Nacional podrá autorizar la circulación de los vehículos que se restringen en la presente Resolución. En estos supuestos dicha institución informará previamente a la Sutran, las autorizaciones excepcionales emitidas.
 

 
El cumplimiento de las restricciones establecidas en la presente resolución, está a cargo de la Policía Nacional del Perú, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 de la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre(Ley Nº 27181) y sus modificatorias; y el articulo 57 del Texto Único Ordenado del Reglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2009-MTC y sus modificatorias.
 
Para efectos de lo dispuesto en el numeral anterior, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) efectuará las coordinaciones necesarias con la Dirección de Protección de Carreteras de la Policía Nacional del Perú.
 
El Consejo Nacional de Seguridad Vial, Provias Nacional, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) y la Dirección de Protección de Carreteras de la Policía Nacional del Perú, en el marco de sus competencias, realizarán las acciones de difusión para el cumplimiento de la presente Resolución.
 
En los considerandos de la norma se indica que esta medida de gestión de tránsito fue implementada con éxito los años 2015 y 2016, y había culminado el 31 de diciembre pasado, por lo que resultaba necesario ampliarla.
 
Esta medida de mejora de la gestión del tránsito respondió a los bajos niveles de servicio de la Carretera Central, que registra tramos de curvas con radios de giro reducido, un alto nivel de accidentabilidad y altos niveles de tránsito vehicular destinado al transporte de pasajeros que la vía soporta los fines de semana, indica el MTC.
 
Con esta restricción se logra que el transporte de pasajeros por la vía se realice en condiciones de menor congestión vehicular los fines de semana, de manera que el tránsito gane fluidez en el tramo mencionado de la Carretera Central. La Resolución lleva la firma de María Jara Risco, directora general de Transporte Terrestre del MTC.

 
Fuente: Andina