En Vivo

PRÓXIMO MES SABREMOS SI HABRÁ RETIROS DE AFP

Fuente Diario el Tiempo de Piura

El próximo mes ya podríamos saber si nos será posible retirar hasta 4 UIT de nuestros fondos de la AFP, puesto que el Ejecutivo tiene hasta este lunes para promulgar u observar la ley.

Si la observa, el Congreso entrará a debate de nuevo y podría aprobarla por insistencia, con lo cual la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) tendría 15 días para reglamentarla.

Y es que, tras la aprobación en el pleno del Congreso, el pasado 30 de marzo, de la ley que faculta el retiro de hasta S/17.600 (4 UIT) a todos los afiliados del fondo del Sistema Privado de Pensiones (AFP), son muchos los peruanos que están a la expectativa de si podrán acceder o no a este dinero. ¿Qué falta para que podamos acceder a esta ayuda económica en tiempos de pandemia?

Luego de que el Congreso aprobara la autógrafa, esta fue remitida al Ejecutivo el pasado 5 de abril para que, en un plazo de 15 días útiles, la promulgue o la observe.

Así, el plazo vence este lunes 26. Si la ley es observada, de cual deberá retornar al Legislativo. Este tendrá que debatir nuevamente y votar en un nuevo pleno: tiene la opción de aprobar la norma por insistencia, ergo ya no sería necesaria la opinión del Ejecutivo, y la SBS tendría otro plazo de 15 días para determinar el procedimiento operativo para el retiro de los fondos de las AFP.

Cuando se hayan afinado todos los detalles de la normativa, el afiliado deberá presentar una solicitud para acceder al retiro, la cual será remitida dentro de los 90 días siguientes a la vigencia del reglamento de la norma.

Cabe mencionar que la norma también plantea el retiro del 100% de la AFP a los mayores de 40 años, siempre y cuando no hayan realizado aportes al sistema previsional en los últimos cinco años.

Los retiros

Una vez que el afiliado haya hecho la solicitud respectiva, la AFP deberá realizar el desembolso de una UIT (S/4.400) a los 30 días de presentada la petición.

Del mismo modo procederá el segundo desembolso, y el dinero restante será entregado en una tercera ocasión.

Además, si el afiliado desea dejar de retirar sus fondos, podrá solicitarlo por única vez a la AFP 10 días antes del desembolso.

También cabe precisar que, fuera de las deudas alimentarias, estos fondos no pueden ser objeto de descuento, compensación legal o contractual, embargo, retención o cualquier forma de afectación por orden judicial o administrativa.