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AÑO SABÁTICO

AÑO SABÁTICO

Hacen pocos días, un excelente exmagistrado y estupendo amigo, conversando sobre la demora en el trámite de los procesos judiciales, comentó que lamentablemente con la pandemia, los jueces -a lo que yo agrego de todas las instancias- en los hechos consideran que la pandemia les ha abierto la posibilidad de estar en casa y desde allí resolver con calma y sin premura los escritos que se les presentan, presidir diligencias y audiencias virtuales y emitir sentencias.
Lo anterior es cierto, pero no es menos cierto que ése sistema laboral de excepción, no significa vacaciones como tampoco años sabáticos, simplemente es una forma de cuidar la salud, evitando los contagios del COVID 19.
Concuerdo plenamente con el comentario antes aludido del ex magistrado. El trabajo remoto no deja de ser trabajo, no se trata de vacaciones ni de años sabáticos en que los interesados se retiran de sus obligaciones laborales.  Simplemente el trabajo, en lugar de desempeñarse desde los locales del Poder Judicial, del Ministerio Público, de las Procuradurías, del Tribunal Constitucional o los Tribunales Administrativos, se hace desde casa o los domicilios particulares de cada cual, pero que debe hacerse, sin remilgos, sin demora y quizás con más tiempo, debido a que no hay que trasladarse a los centros de labores.
El trabajo remoto al que hacemos referencia debía incluso aprovecharse, para que los juzgados y tribunales que tienen carga procesal abundante, traten de ponerse al día y que comprendan que tratándose de las sentencias no es necesario que sean tan extensas como un libro o quizás de un folleto, basta que tengan la argumentación y fundamentos claros y que la resolución sea entendible y mandatoria. Ojalá consideren que no van a revolucionar el Derecho y si así lo quisieran, pues que dicten cátedra universitaria o escriban libros jurídicos.
Lo que sucede en el ámbito judicial, al que nos hemos referido anteriormente, también está ocurriendo en casi la totalidad de las reparticiones y organismos del Estado.  Por ejemplo, para facilitar el auxilio de la fuerza pública para ciertas diligencias, en las dependencias policiales, se demoran una eternidad.  Para resolver reclamaciones tributarias en SUNAT sucede algo similar y ni que decir de los trámites para gestionar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias.  El administrado se hace viejo esperando ser atendido y que sus expedientes sean resueltos.
Lo peor es que tratándose de gestiones que tienen que ver con inversiones, las demoras pueden causar el aburrimiento de los inversores y se vayan a otras latitudes donde son bien tratados.  Pierde el inversor su tiempo, pierde el Estado tributos y la Sociedad deja de ocupar mano de obra que en el momento está ociosa. Como vemos el daño es general e irreparable.
Pero lo expuesto no solo constituye desidia e irresponsabilidad de autoridades, lo que hay que solucionar, sino además lo agrava los temores y miedos de las autoridades a las fiscalizaciones, en las que se quiere encontrar la razón de la sinrazón.

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