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GOBIERNO DECLARA EN ESTADO DE EMERGENCIA PROVINCIA DE HUANCABAMBA

Fuente: Diario Regional de Piura 

El gobierno emitió el Decreto Supremo que declara en Estado de Emergencia la provincia de Huancabamba, región Piura, decisión legal que permitirá atender el desastre ocasionado por la creciente y desborde de la quebrada longulo, la misma que cruza la ciudad del mismo nombre. Además, de los daños ocasionados en el casco urbano, los impactos han sido más amplios y en tal sentido, serán atendidos.

En efecto, debido a las fuertes precipitaciones pluviales, se ha producido la activación y posterior desborde de la quebrada Longulo, generando un huaico que ha causado daños en viviendas, instituciones educativas y de salud, servicios básicos, infraestructura agrícola, áreas de cultivo, vías de comunicación, entre otros, sobre todo en el distrito de Huancabamba, Sóndor y Sondorillo; sin embargo, como sucede siempre con estas normas, se considera como afectados distritos que no corresponden como acontece en el presente Decreto donde se menciona a Canchaque, San Miguel de El Faique, El Carmen de la Frontera y Huarmaca, de la provincia de Huancabamba, los cuales se encuentran fuera del área de influencia de lo ocurrido.

“Declárese el Estado de Emergencia por desastre a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales en la provincia de Huancabamba, del departamento de Piura, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan” indica la norma respectiva.

Gobierno declara en Estado de Emergencia provincia de Huancabamba

De acuerdo a lo ordenando las acciones a ejecutar son “El Gobierno Regional de Piura, los Gobiernos Locales involucrados, con la coordinación técnica y seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (INDECI) y la participación del Ministerio de Salud, del Ministerio de Educación, del Ministerio Agricultura y Riego, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, del Ministerio de Energía y Minas, y demás instituciones públicas y privadas involucradas; ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, destinadas a la respuesta y rehabilitación de las zonas afectadas, las que deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes” .

Se precisa que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Por el momento, no se consigan aportes diferentes y el Gobierno Regional de Piura, tanto como las municipalidades que se encuentran mencionadas, pueden hacer los arreglos presupuestales para los fines de atención de damnificados y afectados.