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ELABORACIÓN DEL PROYECTO DE MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO DE SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL MINERA DEBE CONTAR CON PARTICIPACIÓN DE ACTORES DE INDUSTRIA MINERA

RCR, 11 de noviembre de 2022.- Fiori Ramos, jefe de Operaciones del Instituto de Seguridad Minera ISEM, dijo que la elaboración del proyecto de modificación del Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional Minera debe contar con la participación de todos los actores de la industria minera. Advirtió que los especialistas han encontrado muchas incongruencias en la aplicación de la iniciativa, por lo que esperan tener la oportunidad de presentar correcciones y mejoras.

“En mayo de este año ha parecido un proyecto de modificación de reglamento. Este proyecto de modificación también se genera en un escenario en el cual ya no hemos tenido la posibilidad de participar. Es la resolución ministerial 165-2022, que en este momento está en etapa de consulta. El sector está participando, la Sociedad Nacional, el Colegio de Ingenieros ya está participando en esto, pero lo que queremos es que sea de mayor difusión”, dijo en el Jueves Minero “Proyecto de Modificación del Reglamento de Seguridad Minera”, organizado por el Instituto de Ingenieros de Minas del Perú (IIMP).

Señaló que los especialistas han encontrado muchas incongruencias en la aplicabilidad de este documento. “Hay incongruencias en una gran cantidad de artículos. Esperamos que se pueda tener ese tipo de revisión de corrección, de mejora, de adecuación, de poder hacer en verdad concreto este nuevo articulado que se está presentando. Eso, sin agregar todo el marco normativo que también viene del Ministerio de Trabajo”, indicó.

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También observó que es imposible de cumplir con el plazo de adecuación que ordena el proyecto si es que se aprueba y publica.  “Se otorga un plazo de 120 días calendario contados desde la fecha de publicación del decreto supremo, para que los titulares de la actividad minera se adecuen y cumplan con las nuevas obligaciones aprobadas. Es una cantidad de días para cambios, donde hay todo un sistema de gestión y se debe tener autorizaciones, aprobaciones de nuevos recursos, una articulación entre otras áreas. Estamos convencidos que la mayoría de artículos no van a poder ser implementados operativamente en 120 días”, afirmó.

Destacó que el sector minero es uno de los pioneros en materia de seguridad y salud ocupacional en el país al punto que ha logrado disminuir accidentes mortales. “El sector minero a nivel de lo que es el tema de seguridad y salud ocupacional es uno de los pioneros en el país respecto al marco normativo, tanto así que estas normas, a diferencia de la 42 F del Séctor Industrial que sí daba algunas directrices referidas a seguridad, es el sector minero el que detallan en mejor cantidad y mejor calidad este marco normativo”, expresó.

Precisó que desde el año 92 se trabajó con el primer reglamento de seguridad e higiene minera y después se generó el Decreto Supremo 046-2001, Reglamento de Seguridad e Higiene Minera, que recogió las experiencias del sector. Luego, apareció el decreto supremo 055 del 2010, Reglamento de Seguridad y Salud Minera, en el cual participaron los distintos actores del sector.

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“En el 055 estaba invitado la Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, estaba invitado también una empresa consultora, también trabajaron en función y representación del ministerio, gente del ministerio, estaba la Universidad Nacional de Ingeniería, el Colegio de Ingenieros del Perú”, destacó.

Mencionó que el reglamento del decreto supremo 024-2016 no contó con la participación del sector y género complicaciones. “Fue así que apareció el decreto supremo 023-2017, que modificó algunos artículos del 024-2016. En las minas reformulamos nuestros documentos, habilitamos nuestro sistema de gestión, adecuamos los nuevos procedimientos, hacer las correcciones en campo. Ese es el trabajo que implica este tipo de cambios, pero siempre lo hemos generado en función de la mejora y el cuidado de los trabajadores”, subrayó.

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