Fuente: MINSA
Lima, 25 de enero de 2021.- Mediante el Decreto Supremo N° 006-2021-SA, el Poder Ejecutivo declaró como prioritaria la producción y distribución del oxígeno medicinal como recurso estratégico en salud, en el marco de la lucha frente a la COVID-19.
A través de esta norma, se declara como de prioritaria atención todo lo referido a la producción y distribución de oxígeno medicinal para los establecimientos de salud públicos y privados en todo el país, por encima de la producción industrial.
Esta ley se da en el marco del Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, que declaró la Emergencia Sanitaria a nivel nacional, por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del COVID-19.
Asimismo, está vigente la Ley Nº 31026, que declara de urgente interés nacional y necesidad pública la promoción, elaboración, envasado, almacenamiento, distribución y abastecimiento del oxígeno medicinal, que tiene por objeto declarar el acceso al oxígeno medicinal como parte esencial del derecho a la salud.
También la Ley Nº 31113, que regula, autoriza, asegura y garantiza el uso de oxígeno medicinal en los establecimientos de salud públicos y privados a nivel nacional, publicada el 21 de enero de 2021, que señala en el numeral 3.3 de su artículo 3 que la distribución, la generación a través de plantas de oxígeno en los hospitales a nivel nacional, así como sus estándares de consumo y utilización, serán fijados en su reglamento.