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COMISIÓN DE CONSTITUCIÓN APRUEBA LEY QUE SANCIONA EL ACOSO POLÍTICO

Dictamen pasa a Pleno y declara agravante este delito cuando víctimas son mujeres

Por unanimidad, la Comisión de Constitución del Congreso aprobó el proyecto de ley que previene y sanciona el acoso político contra mujeres y hombres, a fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos ciudadanos en igualdad de condiciones y sin ningún tipo de discriminación.

La presidenta de la comisión, Rosa María Bartra, declaró que la iniciativa aprobada plantea que el delito de acoso político tendrá un agravante cuando las víctimas son mujeres que ocupan puestos como integrantes de organizaciones políticas, representantes nacionales o autoridades elegidas por voto popular.

Anotó que en la aprobación de este proyecto se tomó en cuenta los principios de igualdad y no discriminación, así como la proscripción de la arbitratriedad, promoviendo la ética en la participación política y sancionando todo tipo de actuación que constituya alguna forma de acoso político.

“Queremos sancionar efectivamente el acoso político, que no haga distingos entre quienes ejercen actividad política, sean hombres, mujeres o cualquier otra condición. E incluimos como agravante en caso el acoso político sea efectuado contra una mujer, allí será tipificado como una conducta más grave”, afirmó.

Según el dictamen, que será incluido en la agenda de la sesión plenaria de mañana, la definición de acoso político alcanza a toda acción u omisión que, de forma directa o a través de terceros, impida y obstaculice el goce o ejercicio de los derechos políticos de una persona o grupo, así como el ejercicio de sus funciones otorgadas por la Constitución.

Entre las formas de acoso pasibles de sanción se encuentran la difusión de información personal carente de interés público de un candidato o representante elegido, la imposición de sanciones arbitrarias o desproporcionadas, el establecimiento de restricciones a partir de tradiciones, costumbres o sistemas jurídicos internos a los valores protegidos por la Carta política, entre otros.

La norma establece que las organizaciones políticas tendrán que implementar medidas y procedimientos para sancionar el acoso, al igual que los órganos del sistema electoral y del Poder Ejecutivo de cara a adecuar el marco administrativo y legal para tomar acciones ante la comisión de este tipo de delito.