RCR, 19 de agosto 2026.- El alcalde de Ate, Franco Vidal, podría recibir una sanción de hasta 100 UIT, equivalente a más de S/ 500 mil, si se determina que utilizó recursos públicos y actividades municipales para favorecer la candidatura de su padre, Manuel Vidal, en las elecciones municipales 2026.
Así lo advierte el experto en legislación electoral y presidente del Instituto Peruano de Administración Municipal, Marco Tulio Gutiérrez, quien calificó como grave que Franco Vidal estaría utilizando inauguraciones de obras y eventos en Ate para impulsar la candidatura de su padre, Manuel Vidal, quien postula para sucederlo en el cargo.
“El hecho es grave y (Franco Vidal) tiene que pagarlo con su dinero, no con el dinero de la municipalidad, aun cuando sea alcalde. ¿Por qué? Porque aquí lo que se está utilizando es recursos públicos, por un lado, sea el tema de la propaganda electoral; y por otro, se ha vulnerado el principio de la neutralidad política. El alcalde tiene que ser lo más neutro posible”, afirmó Gutiérrez en Red de Comunicación Regional (RCR).
Precisó que una eventual infracción a Franco Vidal por parte del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) por utilizar recursos públicos y vulnerar la neutralidad electoral no implica automáticamente la exclusión de su candidatura a primer regidor.
Según explicó, la invalidación de una postulación corresponde a otro tipo de infracciones y procedimientos.
“Acá lo que estamos hablando es la de uso de recursos públicos y que vulnera la neutralidad con la que deben manejarse todas las autoridades en un proceso electoral. La norma de neutralidad es para todo el sector público, no solamente para los candidatos. Hay una norma que regula y establece esas instancias severas, que llegan hasta las 100 UITs cuando se trata de situaciones en las cuales se están utilizando los recursos públicos para favorecer a un candidato, como es el caso, por ejemplo, de que si yo soy candidato alcalde y mi esposa es la candidata alcaldesa que me va a relevar, yo la invito a ceremonias en las cuales hago mención”, señaló.
Gutiérrez indicó que existen videos difundidos en redes sociales que muestran actividades de distintos candidatos y que ese material puede contribuir a determinar si una autoridad utilizó espacios o recursos institucionales para favorecer una candidatura.
Reelección familiar y nepotismo
El caso de Franco Vidal se vincula con un tema más amplio que es la “reelección familiar”. El especialista sostuvo que varios alcaldes han colocado a familiares como candidatos, mientras ellos postulan como regidores, una fórmula que puede permitirles conservar influencia política en sus municipalidades.
“La reelección familiar no es ilegal porque no está prohibido. O sea, no está regulado. El tema de que haya, en esta ocasión, tantos postulantes que son el papá, la mamá, la novia, la amiga, la tía (…) yo creo que esto, lamentablemente, la ley ha tenido un vacío que ha sido aprovechado hábilmente para poder hacer este tipo de postulaciones como las que estamos viendo ahora”, afirmó.
Gutiérrez consideró que esta situación debe ser corregida mediante una modificación legislativa. A su juicio, permitir que familiares integren las listas municipales genera una contradicción con las normas que buscan impedir el nepotismo dentro de la administración pública.
“Es el colmo. Se supone que hay una ley de nepotismo que prohíbe tener personal dentro, familiares dentro de la administración cuando uno llega. Pero qué curioso, sí se abre la puerta al nepotismo cuando se meten a los familiares en la lista. Es un contrasentido, francamente”, cuestionó.
Fiscalización electoral
El especialista explicó que el eventual procedimiento no se activa a partir de una denuncia individual de los vecinos, sino mediante las organizaciones políticas que participan en la contienda. Los personeros deben acudir ante el Jurado Electoral Especial, que comunica los hechos al JNE para que su Dirección Nacional de Fiscalización verifique lo ocurrido.
“Lo que tienen que hacer los personeros es recurrir al Jurado Electoral Especial, este remitirá al JNE, le comunicará lo que está pasando, para que este, a través de su Dirección Nacional de Fiscalización, proceda con un fiscalizador a chequear qué es lo que está ocurriendo en una determinada situación electoral”, precisó.
Gutiérrez sostuvo que la normativa electoral diferencia entre propaganda electoral, publicidad estatal y el principio de neutralidad que deben observar las autoridades públicas durante el proceso. En ese marco, señaló que la presentación de un familiar candidato en una actividad municipal puede convertirse en promoción electoral cuando la autoridad utiliza el escenario institucional para favorecerlo frente a sus contendores.













