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INDECOPI SANCIONA AL BCP POR APLICAR MAL UN PAGO ANTICIPADO Y ORDENA DEVOLUCIÓN DE DINERO A CONSUMIDOR

Fuente: INDECOPI

La multa asciende a más de S/ 37 000 debido a que el banco utilizó parte del prepago para cubrir intereses en lugar de reducir el capital de la deuda.

Lima, 12 de enero 2026.- La Sala Especializada en Protección al Consumidor, confirmó en segunda instancia, una multa de 6.89 UIT (S/ 37,895) contra el Banco de Crédito del Perú (BCP). La sanción responde a la vulneración de los derechos de una cliente en Tacna, al no procesar correctamente un pago anticipado de su crédito.

El pago anticipado es un derecho que permite al consumidor reducir directamente el capital de su deuda, ahorrando intereses futuros y acortando el plazo del préstamo. Sin embargo, el BCP no cumplió con esta normativa, pues la denunciante realizó un pago de S/ 35,383.59, pero el banco destinó S/ 18,801.20 al cobro de intereses y seguros, y solo aplicó la diferencia (S/ 16,582.39) a la reducción del capital.

Al no destinar la totalidad del monto a la reducción de la deuda, el banco infringió el deber de idoneidad establecidos en los artículos 18 y 19 del Código de Protección y Defensa del Consumidor.

Además de la multa, la Sala ha ordenado al BCP reintegrar a la cuenta de ahorros de la denunciante cualquier cobro o retención indebida derivada de la mala aplicación del pago, en un plazo máximo de 15 días hábiles.