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SUSTENTAN INFORME FINAL DE ACUSACIÓN CONSTITUCIONAL CONTRA DANIEL SALAVERRY

Fuente : Congreso de la República 

El congresista José Ancalle Gutiérrez (FA) sustentó, ante la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales, el informe final de las denuncias constitucionales acumuladas 284, 344 y 375 contra el excongresista Daniel Salaverry Villa, presentadas en distintos momentos sobre la base de una información periodística.

Como se recuerda, la Denuncia Constitucional (DC) 284 fue presentada por el ciudadano Carlos Ernesto Quispe Gonzales el 3 de enero de 2019, basada en la emisión de un programa dominical, por el cual un asesor de Salaverry Villa habría elaborado un informe de Semana de Representación el 2017 con fotografías de actividades realizadas cinco años atrás.

La DC 344 fue presentada por la excongresista Janet Sánchez Alva Rivera el 6 de setiembre 2019, en ese momento titular de la Comisión de Ética, por el mismo tema, y por el hecho de haberse configurado el delito de falsedad genérica; luego, la DC 375 fue presentada por la fiscal de la Nación, Zoraida Ávalos Rivera, por los delitos de peculado, falsedad ideológica y falsedad genérica, porque el denunciado se apropió de recursos públicos.

La acumulación de las denuncias se realizó en función de que existe “similitud de los hechos que sustentan las denuncias (aparentes delitos de función e infracción a la Constitución en los que se encontraría inmiscuido el excongresista Daniel Salaverry) y similar denunciado en cada una de estas”.

Ancalle Gutiérrez sostuvo, ante el grupo de trabajo que preside Carlos Pérez Ochoa (AP), que en su informe se consignan 122 medios probatorios de los delitos establecidos en las tres DC, y por lo cual se sustenta el antejuicio político y juicio político contra Daniel Salaverry Villa.

Los delitos cometidos serían los siguientes: la presunta comisión del delito de peculado doloso, falsedad genérica y falsedad ideológica, contenidos en los artículos 387, 428 y 438 del Código Penal, respectivamente.

Ancalle Gutiérrez informó que, en su calidad de delegado para analizar las denuncias se le derivó el informe de calificación de las citadas DC el 11 de diciembre de 2020, definió un riguroso respeto del debido proceso, y por ello se cumplió con efectuar las notificaciones respectivas.

Este punto fue materia de una cuestión previa presentada por el legislador Guillermo Aliaga Pajares (SP), quien alegó que el denunciado no había recibido las notificaciones de ley. La cuestión previa no fue aceptada por 13 votos en contra, y tan solo dos a favor.

El ponente informó que durante el proceso de notificación se encontró con el hecho de que la dirección consignada en Reniec, en la ciudad de Trujillo, ya no era habitada por el denunciado, razón por la cual solicitó a la Oficialía Mayor se publicara un edicto en el diario oficial El Peruano.

Al finalizar su exposición señaló que, en torno a las pruebas o indicios presentadas, se advierte que las 122 pruebas son pertinentes. La sesión extraordinaria fue postergada para el lunes 15 de febrero próximo.