Fuente: SUNAFIL
- Empleadores no deben discriminar por razón de rasgos físicos, color de piel, forma de hablar, vestimenta u otros.
Lima, 20 de setiembre de 2026.- Inspectores de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) desarrollaron un operativo de asistencia técnica sobre discriminación étnico racial en restaurantes del distrito de San Isidro.
Los inspectores recordaron a los empleadores que está prohibido discriminar a los postulantes de diversos puestos de trabajo por razón de rasgos físicos, color de piel, forma de hablar, vestimenta u otros.
Estas obligaciones deben ser tomadas en cuenta desde la etapa de la convocatoria y selección de personal, durante la relación laboral y como motivo para poner fin al contrato de trabajo.
Cabe señalar que los postulantes pueden denunciar estos hechos, aunque no hayan firmado un contrato de trabajo, ya que la Sunafil cuenta con un grupo especializado de inspectores, para atender este tipo de denuncias. Se trata del Grupo Especializado sobre No Discriminación e Igualdad (GENDI) que pertenece a la Intendencia de Lima Metropolitana.
Durante la asistencia técnica, los inspectores brindaron información a las empresas, con la finalidad de evitar que cometan infracciones. La discriminación étnico-racial constituye una infracción muy grave, sancionable con multa. Aun cuando sean micro o pequeñas empresas serán multadas como No Mype. Es decir que las multas fluctúan de 2.63 UIT (14 465 soles) a 52.53 UIT (288 915 soles) con una sobretasa del 50%.
La asistencia técnica se llevó a cabo en el marco de la Estrategia Multisectorial “Perú Sin Racismo al 2030”, que conduce el Ministerio de Cultura y que ha sido aprobada por Decreto Supremo N.º 002-2025-MC. En dicha norma se establece que Sunafil es una de las 27 entidades que participan en la mencionada estrategia.












