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NORMA QUE ESTABLECE OBLIGACIÓN DE VACUNAS PARA LABORAR NO EXPLICA QUÉ VA A PASAR CON TRABAJADORES NO VACUNADOS

RCR , 15 de Noviembre 2021 .-  Luis Vinatea, abogado del área laboral del estudio Vinatea & Toyama, dijo que el decreto supremo 168 – 2021, que establece la obligatoriedad de vacunas para laborar, no explica qué va a pasar con los trabajadores que no se han vacunado. Precisó que ese caso debería discutirse en el Consejo Nacional del Trabajo.

“El decreto supremo 168 – 2021 es una norma interesante, porque se deriva del ya avanzado proceso de vacunación en el país. Ya tenemos un colectivo importante de personas, el 50%, que ya tiene doble vacuna”, dijo a través de Red de Comunicación Regional (RCR).

Explicó que la norma establece que, con una certificación de haber sido vacunados con las dos dosis, permite acceder a ciertos locales de carácter público. “Esta norma también se está extendiendo este criterio a las actividades laborales presenciales. La norma establece que las empresas pueden desarrollar sus actividades presenciales si es que se acredita que todos los trabajadores cuentan con la doble vacuna”, indicó.

Señaló que el problema es que la norma no responde a qué pasa cuando un trabajador no está vacunado, porque no se le podría obligar a vacunarse. “La segunda pregunta es si no se le puede obligar a vacunarse, eso determina que se quede con una licencia sin goce de haber o con goce haber o con trabajo remoto o que pasa si no puede hacer trabajo remoto. La norma no resuelve estas dudas para la implementación”, apuntó.

En ese sentido, planteó que el Ministerio de Trabajo debería sacar una norma reglamentaria lo más pronto posible para que se pueda ir planificando por el lado de las empresas como se va a ir implementando estas medidas. “También quizá se establezca un espacio para generar algún tipo de dialogo en el Consejo Nacional del Trabajo, porque son medidas que tienen un efecto doble, uno permitir a las empresas desarrollar una actividad, garantizar que los trabajadores asistir al trabajo y reactivar la economía”, expresó.

“Si una persona no se vacuna, tal hecho no debería impedir que la empresa pueda desarrollar sus actividades. La norma establece que, a partir del 15 de diciembre del 2021, toda empresa con mas de 10 trabajadores solo podrá operar de manera presencial, si todos sus trabajadores acreditan su dosis completa de vacunación. El hecho de que un trabajador no pueda realizar su trabajo presencialmente, no debería ser despedido bajo ningún punto de vista. Esta norma es emitida por la PCM y la política es de salud pública”, observó.

Respecto al Decreto de Urgencia 105 – 2021, que establece un bono extraordinario de 210 soles a favor de   los trabajadores formales del sector privado y público con menores ingresos, explicó que se trata de una norma para estimular expansivamente la economía y se ha focalizado en el sector formal público y privado.

“La norma alcanza a todos los trabajadores formales del sector privado. También a los trabajadores del sector público y los regímenes de la ley 276, decreto legislativo 728, la 1057 y la ley Servir.  A pesar que la norma plantea una exclusión para aquellos trabajadores del sector público, que pertenecen al sector de organismos descentralizados y empresas del Estado, peor estos excluidos está dentro del sector privado”, detalló.

Precisó que el rango que se toma como beneficio es que la norma gane entre cero y dos mil soles. “Todos aquellos que estén en este rango van a percibir este bono. La exposición de motivos de la norma hace una referencia al favorable crecimiento de la economía pospandemia. De acuerdo con la norma, Essalud es quien está participando de este tema. La norma rige desde el día de hoy, pero tiene que haber un reglamento para la implementación de esta medida”, subrayó.

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