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MINISTERIO PÚBLICO NIEGA ARBITRARIEDAD EN ROTACIÓN DE FISCALES

Fuente: Andina

El Ministerio Público (MP) aclaró sobre el proceso de rotación de fiscales indicando si bien es atribución del Fiscal de la Nación, efectuar los nombramientos, conclusiones, aceptación de renuncias y designación de magistrados, estos no se realizan de manera unilateral.

A través de un comunicado emitido por esta institución, señala que durante la actual gestión se emitieron diversas resoluciones nombrando y designando fiscales, aceptando renuncias, concluyendo nombramientos por informes de quejas o denuncias, “todo ello conforme a las propuestas recibidas por distintas áreas”.

“(…) Si bien es atribución del Fiscal de la Nación realizar nombramientos, conclusiones, aceptación de renuncias y designación de fiscales, estos no se realizan de manera unilateral, ni arbitrariamente; sino que obedecen estrictamente a la necesidad del servicio, con el fin de lograr un mejor desempeño de las funciones que conciernen a esta institución”, dice.

Agrega que estos se realizan de conformidad con los requerimientos de las diversas oficinas de coordinación y enlace de las Fiscalías Especializadas, de las Presidencias de la Junta de Fiscales Superiores a nivel nacional, así como de las Fiscalías Supremas, entre otras.

Asimismo, refiere que el Ministerio Público es un organismo autónomo del Estado y se encuentra representado por el Fiscal de la Nación, conforme al artículo 158° de la Constitución, concordante con el artículo 64° de su Ley Orgánica, correspondiendo a dicho funcionario “la organización y funcionamiento de la institución”.