RCR, 09 de mayo de 2026.- El doctor Leopoldo Agustín Vásquez, intendente en Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), dijo que las madres trabajadoras tienen derecho a tener descanso pre y postnatal, así como una hora de lactancia hasta que el hijo tenga un año, en cualquier tipo de empresa. Precisó que desde 2025 a la fecha se han registrado más de 550 denuncias por el incumplimiento de esos derechos.
“En etapa de gestación, la madre tiene derecho a su descanso de pre y postnatal, de la fecha prevista del parto, 49 días antes, 49 días después. En este periodo, la madre no se perjudica económicamente, el empleador tampoco. Por eso es importante que esté asegurada en Essalud, porque va a subsidiar al empleador todo ese periodo, el empleador va a pagar las remuneraciones como usualmente lo hace y luego solicitará a Essalud que lo subsidie”, dijo en el programa “La semana en RCR”.
Sostuvo que Ley 29896 señala que la madre trabajadora también tiene derecho a una hora diaria de lactancia hasta que su hijo cumpla un año. “Cuando las empresas tienen de 20 a más trabajadoras en edad fértil (desde los 15 hasta los 49 años de edad) están obligadas a tener un lactario, que tenga condiciones para que la trabajadora pueda hacer la extracción de la leche materna y la debida conservación en condiciones de higiene óptimas”, indicó.
Señaló que el incumplimiento del derecho a la hora de lactancia es una infracción grave en materia de relación laboral. “Ahí estamos ante un supuesto de naturaleza insubsanable, porque el empleador no va a poder regularizar esa no entrega oportuna de hora para la lactancia, y hay una infracción muy grave en materia de relaciones laborales, que se impone al empleador que incumple”, expresó.
También dijo que la madre gestante tiene una protección contra el despido y la no renovación del contrato. “Existe en nuestro país el porcentaje de trabajadores formales es poco, 20% en algunas regiones. La gran mayoría son contratos sujetos a modalidad. ¿Qué quiere decir esto? Que su contratación tiene una fecha de inicio y una fecha de término. Un minúsculo porcentaje son a plazo indeterminado”, apuntó.
“Qué pasa con las madres trabajadoras sujetos a modalidad que están en gestación o en lactancia. Cada tres meses, por ejemplo, se les renueva su contrato. Cuando el empleador ve que estaba en estado de embarazo y no la va a renovar porque es una trabajadora que va a tener sus deficiencias, etc. ¿Qué pasa? Ahí el empleador está obviando la obligación legal de renovar automáticamente el contrato hasta que venza el periodo de lactancia. No puede ser objeto de cese, salvo que ocurra una causa justificada”, explicó.
Precisó que desde el 2025 a la fecha se han registrado más de 550 denuncias de madres trabajadoras a las que no se les otorga los descansos pre y postnatal, así como a las que no se les renueva el contrato de trabajo por su condición de madre gestante, o porque no se les da el teletrabajo que también es una disposición acorde con dicho estado.













