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LÍMITE DE EDAD EN EL ESTADO: SERVIR FIJA REGLAS PARA LA SALIDA GRADUAL DE SERVIDORES CAS MAYORES DE 70 AÑOS

RCR,  24 de julio de 2026.- Por medio de un informe técnico de cumplimiento obligatorio, la entidad precisa que los trabajadores CAS que ya superaban dicha edad no cesarán de forma automática, sino que podrán laborar hasta fin de año.

​La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) emitió el Comunicado Nº 014-2026 para poner orden y unificar los criterios en todas las instituciones públicas del país respecto a la aplicación del límite de edad (70 años) para el personal bajo el régimen del Contrato Administrativo de Servicios (CAS).

​A través del Informe Técnico N°000009-2026-DPGSC, aprobado por su Consejo Directivo y con carácter de vinculante (de cumplimiento obligatorio para todo el Estado), la entidad busca brindar seguridad jurídica tanto a las Oficinas de Recursos Humanos como a los propios trabajadores.

​»La finalidad es que la nueva regla sea aplicada de la misma manera en todo el Estado, evitando interpretaciones arbitrarias o ceses intempestivos,» destaca el comunicado de SERVIR.

​Las tres reglas clave del nuevo criterio

Para facilitar su aplicación, el organismo rector del empleo público ha sintetizado el impacto de la medida en tres escenarios clave:

  • ​Para quienes ya tenían 70 años o más (antes del 20 de julio de 2026):
    No sufrirán una resolución automática de sus contratos de forma inmediata. Podrán continuar prestando servicios en sus entidades hasta el 31 de diciembre de 2026 como fecha límite. Si algún servidor decide retirarse antes, deberá notificar expresamente la fecha de su renuncia a la entidad.

 

  • ​Para quienes cumplan 70 años a partir del 20 de julio de 2026:
    Podrán solicitar mantenerse en el mismo puesto hasta el 31 de diciembre del año en que alcancen dicha edad. Para ello, deberán presentar una solicitud formal antes de su cumpleaños número 70, la cual deberá ser tramitada de manera oportuna por el área de Recursos Humanos correspondiente.

 

  • ​Para trabajadores con contratos temporales o de necesidad transitoria:
    La permanencia después de los 70 años estará estrictamente condicionada a la fecha de vencimiento fijada en sus contratos o adendas vigentes. Bajo ninguna circunstancia podrán permanecer en la entidad más allá de ese plazo estipulado.

​Con esta precisión técnico-legal, SERVIR busca disipar las dudas que se habían generado en diversas áreas del sector público sobre cómo proceder con las desvinculaciones por límite de edad en el régimen CAS, garantizando así un proceso de transición ordenado hasta el cierre del año presupuesta.