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JEE DE SULLANA EXCLUYE A CANDIDATOS POR OMITIR INFORMACIÓN EN SU HOJA DE VIDA

Fuente: Andina

El Jurado Electoral Especial de Sullana (JEE) resolvió excluir a dos candidatos a las alcaldías de dos distritos de la provincia piurana de Sullana, al comprobar que omitieron información en sus respectivas hojas de vida, se informó.

Se trata de Carlos Aníbal Chinchay Silva, quien era candidato a la alcaldía para el distrito de Ignacio Escudero por el Partido Aprista Peruano, el mismos que en su declaración de bienes y rentas indicó no tener bienes inmuebles, sin embargo, tras consulta a Sunarp se verificó que tiene registrado un predio en la urbanización Miraflores Country Club de Piura. Por ello, mediante resolución N° 01097-2018-JEE-SULL/JNE, se resolvió excluirlo como candidato.

La misma suerte corrió Juan César Rosales Carrasco, candidato a regidor para la municipalidad distrital de Bellavista por el partido “Región para Todos”, quien según la resolución N° 01096-2018-JEE-SULL/JNE también quedó excluido al comprobarse que no consignó en su hoja de vida que tenía una sentencia penal por el delito de lesiones leves-violencia familiar.

Candidata mintió en su hoja de vida

Asimismo, el JEE detectó que la ciudadana Lidia Marisol Pérez Serna, candidata a regidora para la municipalidad de Talara por la organización política “Alianza para el Progreso, en su declaración jurada de hoja de vida, indicó que tenía estudios concluidos en Enfermería Técnica en el Instituto Cayetano Heredia; sin embargo, dicha institución mediante Oficio N° 094-18-IESTP-“CH” de fecha 25 de julio de 2018, informó que la citada candidata “no tiene ningún reporte en los archivos de la institución”. Por ello, también quedó excluida de participar en las próximas elecciones mediante resolución N° 01090-2018-JEE-SULL/JNE.

En la misma situación se encuentra el ciudadano Nolberto López Castillo, quien era candidato a regidor provincial, por la organización política Movimiento de Desarrollo Local Modelo Región Piura, a la provincia de Ayabaca, el mismo que quedó excluido tras comprobarse que declaró tener tres bienes inmuebles cuando en realidad es propietario de once, según la información proporcionada por el JEE de Sullana.

Debido a esta omisión en la información sobre su hoja de vida, quedó excluido mediante resolución N° 01091-2018-JEE-SULL/JNE.