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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL DEBERÍA AVALAR DENUNCIA CONSTITUCIONAL CONTRA PEDRO CASTILLO

RCR, 19 de Octubre 2022 .- Stefano Miranda, abogado procesalista penal, dijo que el Tribunal Constitucional debería avalar la denuncia constitucional contra Pedro Castillo, debido a que la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción tiene la misma jerarquía que la Constitución Política del Perú. Señaló que el nuevo recurso del abogado del mandatario, para anular dicha denuncia constitucional no tiene sustento.

“La ley de leyes es la Constitución, pero dentro de esa misma jerarquía, de acuerdo a la pirámide de Hans Kelsen, se encuentran los tratados internacionales y también las jurisprudencias emitidas por el Tribunal Constitucional, motivo por el cual hoy el Tribunal Constitucional tiene que realizar un estudio del control de convencionalidad, si le autoriza o no a la fiscal de la nación poder proseguir con las investigaciones correspondientes y al Congreso realizar la acusación constitucional”, dijo a través de Red de Comunicación Regional (RCR).

Señaló que la Subcomisión Constitucional del Congreso de la República ha oficiado al Tribunal Constitucional, para que analice el artículo 117 de la Constitución. “Para que le den ese aval al Parlamento, que se permita o no la evaluación de los organismos de las Naciones Unidas, porque eso es lo que está citando la fiscalía, los tratados internacionales para la lucha frontal contra la corrupción, y tengamos una mejor perspectiva y no se viole ningún derecho tanto del presidente de la República como de los ciudadanos que desean conocer la verdad”, indicó.

“El Tribunal Constitucional dentro de las facultades que tiene va a analizar la perspectiva constitucional si es viable o no poder realizar esta denuncia constitucional en contra del presidente de la República teniendo en consideración lo que señala el 117 de nuestra Constitución, pero también considero yo los graves indicios que se anexan en esta denuncia constitucional”, afirmó.

Señaló que el Tribunal Constitucional debería hacer un control de convencionalidad. “Si dentro del desarrollo y evolución de la protección de estos derechos humanos existe o no la aplicación armónica de estos tratados internacionales, que les permitiría en su defecto poder investigar y acusar al presidente por graves indicios de corrupción. Eso es el control de convencionalidad”, apuntó.

Respecto a la tutela de derecho, dijo que está regulada en el artículo 71 del Código Procesal Penal. “Lo que trata esta tutela es de garantizar y reestablecer al estado anterior cualquier violación que habría cometido en este caso el Ministerio Público y también la Policía Nacional. Consideramos que existe legalidad y legitimidad por parte del fiscal de la nación de realizar las investigaciones preliminares y esta fue autorizada con una orden judicial”, anotó.

“Dentro de la perspectiva, consideramos que no ha existido ninguna violación a los derechos fundamentales del presidente de la República. Todo lo contrario, la fiscal de la nación busca otros mecanismos alternativos que le permite la Constitución, por lo tanto, existe legitimidad para obrar y a eso está recurriendo la fiscal”, observó.

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