- ü Empleadores deben inscribirlos dentro de las 72 horas de iniciadas sus labores.
Lima, 09 de Enero 2026 .- Salvavidas, mozos, cocineros, animadores, personal de limpieza, seguridad, entre otros trabajadores de los clubes de verano, deben ser incorporados a planilla por sus empleadores, dentro de las primeras 72 horas de iniciadas sus labores, según lo informó la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
“Todo trabajador que realice una labor remunerada y subordinada por uno o más meses, debe ser incluido en la planilla —enfatizó Frank Sanabria, supervisor del equipo especial Perú Formal Urbano de la Sunafil—. Pueden pertenecer al mismo club o a una empresa que esté brindando servicios al club”.
Sanabria señala que, algunos clubes de verano contratan a su personal bajo la modalidad de locación de servicios, es decir que deberían laborar de manera independiente, sin embargo, cumplen funciones como si fueran trabajadores permanentes. “Hay locadores que reciben órdenes, firman ingreso y salida, son sancionados por sus superiores e, incluso, usan uniforme del club. Entonces, ellos deberían estar incorporados en la planilla y percibir todos sus derechos de acuerdo a ley”, informó.

Estos locadores, al cambiar de condición laboral e ingresar a planilla, obtienen los siguientes derechos sociolaborales: remuneración, vacaciones, descansos, utilidades, gratificaciones, CTS, y adicionalmente, derechos relacionados a su salud y pensión.
¡Denuncia!
En caso seas un trabajador de un club, sin contrato o tu contrato no se cumple, puedes presentar tu denuncia ante la Sunafil. Recuerda traer pruebas como fotocheck, fotos del trabajo que realizas, guías de remisión donde figure tu nombre, entre otros. Estas pruebas facilitarán una futura fiscalización al club.

Multas
Los empleadores que no incluyan a sus trabajadores en planilla estarían cometiendo una infracción muy grave. Las multas variarán de acuerdo al tamaño de la empresa y a la cantidad de trabajadores afectados. En ese sentido, por un solo trabajador de la microempresa, la multa sería de 3,795 soles; en la pequeña empresa, 12,705 soles y para la no mype, 43,395 soles. A mayor cantidad de trabajadores afectados, estos montos irán en aumento.












