Fuente: Andina
El presidente encargado del Congreso de la República, Fernando Rospigliosi, precisó que, de acuerdo con el Reglamento del Parlamento, la convocatoria a un pleno durante el receso parlamentario solo puede ser realizada por el presidente de la República o por un mínimo de 78 congresistas.
A través de un mensaje difundido en la red social X, Rospigliosi señaló que algunas personas, incluso congresistas, desconocen las disposiciones reglamentarias sobre este procedimiento.
“Como algunas personas, incluso algunos congresistas que no conocen el reglamento, están exigiéndome a mí y a la Mesa Directiva que convoque a un pleno, aclaro nuevamente que el único que puede convocar a un pleno en el receso parlamentario es el presidente de la República, o 78 congresistas”, indicó.
El titular encargado del Legislativo reiteró que la Mesa Directiva no cuenta con atribuciones para realizar dicha convocatoria fuera del periodo ordinario de sesiones, conforme a la normativa vigente.
Como algunas personas, incluso algunos congresistas que no conocen el reglamento, están exigiéndome a mí y la Mesa Directiva que convoque a un pleno, aclaro nuevamente que el único que puede convocar a un pleno en el receso parlamentario es el presidente de la República, o 78…
— Fernando Rospigliosi (@Frospigliosi) January 22, 2026












