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PRESIDENTE PEDRO CASTILLO DEBE RESPONDER A LAS ACUSACIONES FISCALES EN LUGAR DE VICTIMIZARSE

RCR, 11 de Agosto 2022 .- Rolando Jiménez Sardón, jurista y exdecano del Colegio de Abogados de Puno, dijo que el presidente Pedro Castillo debería responder a las acusaciones fiscales en su contra, en vez de alegar que es víctima de una persecución política. También señaló que se debe dejar que el Ministerio Público y el Poder Judicial trabajen de manera independiente.

“Simplemente se hace en un afán de decir que es una persecución política y que están afectando a mi familia, pero no se explica y se dice yo no estoy incurso en este tipo de hechos, no se dice por qué él no debe estar incluido en este en esta etapa de la investigación judicial. Y eso realmente perjudica a la gobernabilidad del país”, dijo a través de Red de Comunicación Regional (RCR).

Señaló que nos encontramos en una situación jurídicamente muy delicada en el sentido de que se busca judicializar la política. “Por otro lado, tenemos el hecho real de que existen investigaciones que se realizan al entorno cercano del presidente de la República, que no tienen mayor explicación”, indicó.

“Creo que debería de entenderse que (si bien es cierto hay una investigación al entorno presidencial y al propio presidente) esta investigación debe estar al margen de cualquier connotación o de orientación de carácter político, liderando en todo caso el orden constitucional y la independencia de poderes. Esa debería de ser la orientación en este momento”, afirmó.

Declaró que por su condición de presidente la República cualquier investigación que esté relacionada a Castillo o a su entorno tiene una connotación política. “Lo que tenemos que hacer ahora es dejar que los organismos independientes o el Ministerio Público y el Poder Judicial no tengan una interferencia política y puedan desarrollar su investigación de manera independiente”, expresó.

Comentó que la resolución que ordena la detención preliminar de Yenifer Paredes tiene un defecto y es que no ha establecido cuál es el peligro procesal. “Se dice en simplemente en 10 líneas que hay peligro de fuga, pero no se dice en qué consiste ese pedido de fuga y estamos ante una fundamentación insuficiente”, precisó.

“El efecto que tenga esta indebida fundamentación es que sea utilizada después políticamente por los investigados y digan que se trata de una persecución política y en todo caso no me han dicho cómo es que voy a fugarme y por tanto se está afectando a mi derecho a la libertad. Cuando el órgano jurisdiccional toma una decisión debería tomarla con todo el cuidado para que no sigan estás interpretaciones de carácter político más que jurídico”, observó.

También dijo que el ordenamiento penal establece que no hay desobediencia a la autoridad cuando uno toma las medidas necesarias para no aceptar un mandato de detención. “Este acto no es un hecho ilícito. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ya estableció en sendas resoluciones que lo que prima en este caso es la libertad de las personas y no puede ser considerado como un hecho ilícito”, explicó.

“Si posteriormente el fiscal solicita un mandato de prisión preventiva, en caso de formalizarse la investigación preparatoria, como un elemento que pone en riesgo y pone en peligro la investigación, ahí habría una causal de agravancia procesal pero no penal”, subrayó.

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