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Por Aduviri y “Aymarazo” Perú ¡podría pagar gigantesca multa de US$ 1,200 millones!

Analista Julio Condori emplaza a antimineros comprender que el país debe honrar contratos de inversión.

RCR, 14 de septiembre de 2016.- Nuestro país corre el riesgo de pagar una demanda de US$ 1,200 millones que interpuso la empresa minera Bear Creek Mining Corporation por la cancelación del proyecto minero Santa Ana en Puno a consecuencia del violento “aymarazo” que encabezó en el 2011 el entonces cabecilla anti minero Walter Aduviri.

En entrevista a RCR, Red de Comunicación Regional, el analista político Julio Condori Cerdán, expresó su estupor ante la posibilidad que el Perú se vea obligado a pagar US$ 1,200 millones a la minera canadiense, gigantesca suma con la cual se podrían ejecutar una serie de importantes obras de infraestructura para el país y Puno, especialmente en sectores con grandes precariedades como son salud y educación, y acusó que esta lamentable situación es consecuencia de la “gran hazaña” de Aduviri.

Como es público, Bear Creek demandó al Perú ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) por daños y perjuicios ocasionados con la cancelación del proyecto consecuencia de las movilizaciones anti mineras de las provincias de Chucuito, Yunguyo, Ilave y Puno capitaneadas por Aduviri. Este miércoles 14 eventualmente culminará la realización de audiencias relacionadas a este proceso.

El consultor llamó la atención que los activistas y organizaciones anti mineras deben reflexionar que el Perú tiene que cumplir los contratos suscritos con las empresas bajo las leyes peruanas e internacionales (TLC) caso contrario corre el riesgo de ser demandado ante organismos internacionales y obligado a pagar cuantiosas multas como podría suceder con Bear Creek.

Sostuvo que, desde el inicio del proceso durante el pasado gobierno de Alan García, se cometió errores con la concesión minera, pues el yacimiento de plata está ubicado a menos de 50 kilómetros de la frontera con Bolivia y no tenía que ser concesionado (porque no está permitido constitucionalmente que una empresa extranjera explote yacimientos mineros en zona de frontera), sin embargo, sí se hizo con el membrete de constituir a un “proyecto de interés nacional”.

Refirió, asimismo, que cuando se inició la demanda ante la CIADI, el Estado peruano no apeló la acción de amparo presentada por la empresa minera y dejó vencer los plazos sin defenderse.