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PODER JUDICIAL DISPONDRÍA INTERVENCIÓN DE EMPRESAS PERUANAS SOCIAS DE ODEBRECHT

Explica Luis Lamas Puccio, especialista en derecho penal . 

RCR, 01 de diciembre 2017.- Una de las primeras medidas que deberá adoptar el Juez de la 1ª. Sala de Investigación Preparatoria Richard Concepción Carhuancho, ante el pedido de prisión preventiva contra los representantes  de las empresas peruanas socias de la brasileña Odebrecht, sería la de inmovilizar sus cuentas y el nombramiento de interventores que se encargarían del manejo operativo de las involucradas, sostuvo el especialista en Derecho Penal, Luis Lamas Puccio.

Explicó que esta decisión debe ser inmediata, a pesar de los costos empresariales y de reputación que puedan generar, debido a que las empresas involucrada están activas, por lo que la intervención permitiría asegurar, eventualmente, los millonarios montos que se estima deberán pagar por concepto de reparación civil.

NO AFECTAR A TERCEROS

“La intervención de las empresas puede considerarse una medida aceptable, en términos ponderados y de prudencia,  porque estas empresas brindan servicios de manera importante en todo el país, y al mismo tiempo tienen relación comercial y laboral con otros compañías, involucrando a un número significativo de trabajadores. La intervención permitiría que continúen operando y no interrumpan sus actividades empresariales, evitando en lo posible  generar perjuicios a terceros, que no tienen que ver con los presuntos delitos cometidos por los  acusados”, comentó.

Lamas Puccio fue más allá y señaló que la investigación del juez podría ser realizada bajo el carácter de organización criminal. “Estamos hablando de un grupo de personas que se constituyeron en una red criminal, concertando acciones con la finalidad de proceder a un delito económico particularmente grave, según consta en las actas de los acuerdos de directorio  que los representantes de la empresa Odebrecht habría entregado a la fiscalía. De tal manera, que se estaban derivando fondos bajo una definición metafórica, a una actividad de carácter delictivo, con actos directos u omisivos,  para alcanzar una  suma millonaria que se utilizó para  concretar los sobornos y de esta forma ganar las licitaciones en el país”.

En torno a lo que les espera a los ex directivos de las empresas involucradas, los  empresarios José A. Graña Miró Quesada, Fernando M. Gonzalo Camet Piccone, José F. Castillo Dibós,  Gonzalo Ferraro Rey y Hernando A. Graña Acuña, el jurista afirmó que los más probable es que se atienda el pedido fiscal y se disponga la prisión preventiva para estos personajes.

“En otros casos similares, a pesar que hubo menores elementos de convicción y mayores sustentos de arraigo de los procesados, los jueces de investigación preparatoria han tomado decisiones de carácter preventivo, y en algunos casos, muchos más radicales”, explicó.

ANTECEDENTES

El Equipo Especial del Ministerio Público para el caso Lava Jato requirió hoy la prisión preventiva por 18 meses contra los representantes de las empresas peruanas socias de la brasileña Odebrecht, esto es, Graña y Montero S.A, Ingenieros Civiles y Contratistas Generales (ICCGSA) y JJ Camet Contratistas Generales S.A, las mismas que desde el último lunes afrontan la ampliación de la investigación preparatoria dispuesta por el Ministerio Público.

Se informó que la medida es como consecuencia de la investigación por el pago de coimas y sobornos en el proyecto vial de la Interoceánica Sur, tramos 2 y 3

La audiencia para ver este caso será el domingo 3 de diciembre a las 9:30 de la mañana en la sede de la Sala Penal Nacional y estará a cargo del juez Richard Concepción Carhuancho, según dio a conocer el Poder Judicial a través de Twitter.