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NORMA QUE CIERRA 264 COLEGIOS INFORMALES ES INOPORTUNA

Decreto de Urgencia 002-2020 debió discutirse en nuevo Congreso.

RCR, 8 de enenro de 2020.- Gustavo Nakamura, especialista en Políticas de Educación Pública y director del programa “Hablemos de Educación” de RCR, consideró que el Decreto de Urgencia 002 – 2020, que establece medidas para cerrar 264 colegios privados que funcionan sin autorización, es inoportuno porque es una norma que debió ser discutida por el nuevo Congreso.

“El momento no es oportuno porque acá estás ajustando a los colegios privados y hace unos meses atrás favoreces a las universidades públicas. Entonces parece como un bichito ‘lo público es bueno a pesar que no está bien’ y ‘lo privado así sea bueno no es tan bueno’. Yo creo que no ha sido el momento adecuado, porque han debido esperar al nuevo Congreso”, comentó el especialista.

Señaló que “este decreto se está acercando poquito a poquito a la posibilidad de una supuesta Sunedu para los colegios”. “Algunos mencionan que no se busca eso, sino que están reactivando el tema de la calidad educativa por medio del Sineace. Todavía hay un limbo, pero creo que la línea está clara por dónde quiere ir el Ministerio Educación”, indicó.

“La norma menciona también que las direcciones regionales de educación o las ugeles tienen la facultad para revocar las autorizaciones de funcionamiento bajo ciertas características. Ya se están poniendo algunos estándares mínimos para que las instituciones educativas funcionen”, destacó.

Mencionó que algunos contenidos de este decreto de urgencia ya estaban estipulados en la Ley General de Educación. “Hay algunos cambios en el decreto, pero se va a tener que reglamentar todavía en un plazo de 180 días, pero parece que en los próximos 30 días saldría esta reglamentación”, dijo.

“Lo interesante es que en el artículo cuatro, específicamente en el 4.2, que habla de la autorización de las condiciones básicas, el Ministerio de Educación va a contemplar dentro de la supervisión no solamente el aspecto institucional sino también la infraestructura y el equipamiento inmobiliario, cosa que antes no lo tenían”, señaló.

Resaltó también que “si tú presentas una solicitud tienes hasta 60 días, pero el silencio administrativo es a favor del Ministerio de Educación. Si en 60 días el ministerio no contesta es porque la licencia está denegada”.

Adelantó que la norma levantará polémica en el tema de la devolución de cuotas de ingreso por parte de los colegios privados. “Los colegios van a tener que devolver las cuotas de ingresos a los estudiantes. También se menciona que si el padre tiene una deuda, el colegio puede tomar la cuota de ingreso para cubrir parte de la deuda”, comentó. 

“La Ley de Protección de la Economía Familiar, aprobada por el gobierno humalista, considerada como la ‘Ley del perro muerto’, prohibía a los colegios privados retener los certificados y las libretas de notas si no se pagaban las pensiones. Acá la norma menciona que sí se pueden retener los certificados de estudios de los años que se deben”, precisó.

Remarcó que la devolución de cuotas de ingreso va a afectar directamente a los colegios de los segmentos socioeconómicos Ay B, porque la mayoría de los colegios privados del segmento C no cobran cuotas de ingreso. “Esta norma parece que tuviera nombre propio porque afecta a los colegios A y B que representan un mínimo porcentaje de la población estudiantil”, dijo.