RCR, 20 de mayo de 2025.- El Ministro de Energía y Minas, Jorge Luis Montero Cornejo, sostuvo que el reciente reglamento de la Ley 32213, que extendió el plazo del Registro Integral de Formalización Minera no establece un «Reinfo hereditario» o a perpetuidad.
Según su versión, la tercera disposición complementaria transitoria del reglamento es un reconocimiento al derecho de los sucesores de un titular de Reinfo vigente que fallece a continuar con el proceso de formalización minera hasta que culminen el trámite.
El ministro Montero también afirmó que la norma no crea nuevos Reinfo ni amplía su vigencia indefinidamente. Respecto a la sucesión, Montero afirmó que debe estar inscrita en los registros públicos (SUNARP) para tener validez. Esto -argumentó- asegura que sean los herederos o sucesores legítimos quienes continúen el proceso dentro del marco temporal establecido por la Ley 32213.
El objetivo -según el ministro- es proteger el derecho de un Reinfo vigente a seguir su formalización hasta su culminación y garantizar la protección del medio ambiente, ya que debe haber un titular responsable de la mitigación y rehabilitación ambiental.
Para Montero, la disposición también protege la inversión privada, al decir que un Reinfo es a menudo un negocio familiar con inversiones realizadas que -insistió- deben respetarse si está en un proceso de formalización vigente.
El ministro afirmó que la medida no beneficia a los mineros ilegales ya que -según lo que dijo- ellos no tienen Reinfo y por eso no están en proceso de formalización