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MINISTERIO DE EDUCACIÓN INICIA LA ‘LIMPIEZA’ DEL MAGISTERIO

Fuente: Perú 21

La prometida limpieza del magisterio acaba de iniciarse. Ayer, el Ministerio de Educación dio a conocer que las direcciones regionales de Educación (DREL) y las unidades de Gestión Educativa Local (UGE) han emitido las resoluciones de destitución de 663 docentes y personal administrativo que cuentan con sentencia firme por terrorismo, apología del terrorismo, violación sexual y narcotráfico.

De esta forma, el titular del sector, Daniel Alfaro , cumplió con lo ofrecido en la entrevista publicada por Perú21 el 3 de junio. En ella señaló que “el 15 de junio, la limpieza estará concluida”. Esta incluye a 780 maestros y trabajadores involucrados en tales delitos.

Ayer, a través de una nota de prensa, el ministro Alfaro señaló: “Seguiremos trabajando sin descanso hasta lograr la destitución del 100% de personas condenadas por esos delitos, porque la seguridad de nuestros estudiantes está primero”.

Se trata de una medida que ha tomado años en ser implementada, y que se inició en gestiones de ministros anteriores. La lista final ha surgido del cruce hecho de la base de datos del Ministerio de Educación con la que posee el Poder Judicial.

Esta incluyó, también, la elaboración de dispositivos, como la Ley N° 29988 –medidas extraordinarias para docentes y administrativos involucrados en los mencionados delitos– y su reglamento –Decreto Supremo N° 004-2017–, así como de la Resolución N° 241-2018-MINEDU, que establece la norma técnica del procedimiento de destitución.

Alfaro destacó el papel que cumplen las DREL y las UGEL en este tema y expresó su confianza en que, de esta forma, se concluirá muy pronto con el saneamiento de su sector.

TENGA EN CUENTA 

– Doce personas condenadas por terrorismo y apología del terrorismo figuran en la lista, aseguró el ministro Daniel Alfaro el 3 de junio. También hay 585 sentenciados por violación sexual y 185 por tráfico ilícito de drogas.

– Los profesionales que sean separados serán reemplazados por otros contratados, para no afectar el normal dictado de clases.

– El artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 29988 señala que este personal no puede reingresar al magisterio.