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MINEM FORTALECE PROTECCIÓN AMBIENTAL EN LAS ACTIVIDADES DE HIDROCARBUROS

Fuente : Ministerio de Energía y Minas 

Cambios aprobados permitirán promover inversiones responsables y garantizar la sostenibilidad de operaciones extractivas

El Ministerio de Energía y Minas (Minem) anunció que ha realizado modificaciones al Reglamento para la Protección Ambiental en las Actividades de Hidrocarburos, con el objetivo de lograr mayor eficiencia en acciones de remediación, promover inversiones responsables y asegurar el desarrollo sostenible de las operaciones extractivas.

Mediante el Decreto Supremo Nº 005-2021-EM se dan reglas específicas y predecibles para optimizar la intervención ante emergencias ambientales, estableciendo los casos donde se deben implementar acciones de primera respuesta o cuando resulta necesario llevar a cabo acciones de remediación, previa aprobación de un Plan de Rehabilitación.

Así mismo, el Minem establece regulaciones al marco normativo que permite a los titulares de actividades de hidrocarburos realizar la modificación de Instrumentos de Gestión Ambiental Complementarios, situación que no se encontraba regulada a la fecha.

Otro cambio realizado es el incremento del listado de acciones que no requieren modificación de Estudio Ambiental, incorporando en su aplicación a los Instrumento de Gestión Ambiental Complementarios y se habilita la ejecución de algunos supuestos en Zonas de Amortiguamiento de Áreas Naturales Protegidas.

En lo que respecta a los Planes de Abandono, se establece como obligación del titular de actividades de hidrocarburos además de presentar dicho documento, obtener su aprobación y realizar su ejecución, incluyendo en su contenido todo incumplimiento detectado por OEFA que cuente con pronunciamiento firme en sede administrativa.

Además, la norma consigna un plazo límite para la presentación de Planes de Abandono Parciales, a fin evitar que el titular eluda la responsabilidad de presentar la Garantía de Seriedad de Cumplimiento por la totalidad de las actividades y compromisos que le corresponda, en el Plan de Abandono por finalización de la actividad.

Por otro lado, la norma facilita la tramitación de 5 procedimientos TUPA del Minem: Planes de Rehabilitación, Planes de Abandono Parcial, Planes Ambientales Detallados, Informes de Identificación de Sitios Contaminados y Plan Descontaminación de Suelos, para cumplir con Principio de Legalidad del Análisis de Calidad Regulatoria a cargo de PCM.

Este nuevo marco normativo cuenta con la opinión previa favorable del Ministerio del Ambiente, en su calidad de ente rector en temas ambientales en el país.