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LEY SOBRE EVALUACIÓN A DIRECTORES DE COLEGIOS REQUIERE PRECISIONES

RCR, 24 de Marzo 2024 .- El docente de matemática y física, Fernando Gamarra, expresó que el Ministerio de Educación debe hacer precisiones sobre la aplicación de la reciente ley 31987, en el tema de la evaluación a los directivos de los colegios. Indicó que la norma no precisa si deben pasar por evaluación los profesores recién designados como directores o aquellos que asumen por encargo.

“Algunos directivos que señalan que la ley no dice retornar a la plaza anterior. Es lógico entender que para evaluarlos tiene que ser de la misma plaza que estaban ocupando. Esto va a crear quizás un poco de controversia porque hasta el momento el Ministerio de Educación no saca ningún oficio aclaratorio y esperemos que lo haga esta semana porque la ley está en vigencia”, dijo en el programa “Enlace educativo” de RCR.

Mencionó que la norma fua publicado el miércoles 20 de marzo y a partir del jueves 21 entró en vigencia. “Esta señala que los directivos que culminaron su segundo periodo de designación del 30 de septiembre del año 2022, ellos tienen que ser evaluados. Lo dice porque el artículo 33 de la ley así lo señala”, indicó.

Señaló que el artículo 33 de la ley dice que se tiene que evaluar al termino de cada gestión, cada cuatro años, para determinar su continuidad en el cargo por un periodo adicional. “Si es que no aprobase va a retornar al cargo docente. Es claro que los directivos que culminaron su segundo periodo de gestión, el 30 de septiembre del año 2022, no han sido evaluados y esta ley está ordenando que se les avalúe”, afirmó.

“Ahora esto es bien claro. Uno puede notar de que no se les puede evaluar en un cargo en donde algunos recién han sido designados, ni tampoco se le puede evaluar a otros que quizás hayan sido encargados actualmente en algún cargo directivo, no se les puede evaluar como encargado para evaluar su gestión”, subrayó.

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