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LA DEFENSORÍA DEL PUEBLO ALERTA SOBRE DESPIDOS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Nota de prensa 

La ONU y la OIT han expresado preocupación por las mayores desigualdades en el empleo durante la emergencia sanitaria.

Por ley la persona que adquiera una discapacidad durante su trabajo tiene derecho a la conservación del empleo.

En el contexto de la pandemia por COVID-19, la Defensoría del Pueblo advierte la vulneración del derecho al trabajo sufrida por personas con discapacidad en municipalidades, al concluir la relación laboral sin brindar una motivación justificada, dificultando aún más el ejercicio de sus derechos.

En la Municipalidad de Villa El Salvador, 4 personas con discapacidad que desempeñaban funciones administrativas y de serenazgo fueron separadas de la institución el 30 de abril, pese a tener entre 8 y 10 años de permanencia. En la Municipalidad de Magdalena del Mar, se retiró a 2 personas con discapacidad, una de ellas con una relación laboral mayor a 10 años y con una discapacidad adquirida en el desempeño de funciones en servicio comunitario.

Los hechos expuestos generan gran alerta dado que antes de la pandemia más del 60 % de las personas con discapacidad no participaban del mercado laboral y con la crisis actual se observa una reducción del empleo para esta población, evidenciando una vulnerabilidad al despido, que podría estar siendo selectivo.

Malena Pineda, jefa del Programa de Defensa y Promoción de las Personas con Discapacidad de la Defensoría del Pueblo informó que ha oficiado a ambos municipios, señalándoles su preocupación por las faltas en las que se estaría incurriendo, como el despido injustificado y arbitrario, la vulneración de la cuota de empleo para personas con discapacidad, la limitación en el acceso a derechos conexos al empleo (como a la seguridad social y el derecho previsional), y la presunta discriminación laboral por condición de discapacidad.

La entidad indicó que le preocupa la ausencia de un enfoque de discapacidad en las políticas y decisiones de los gobiernos locales. Esto evidencia la falta de aplicación del Decreto Legislativo N°1468, que establece disposiciones de prevención y protección a las personas con discapacidad durante la emergencia, incluyendo medidas para la accesibilidad al trabajo remoto o licencia remunerada a personas con discapacidad y a sus familiares, cuando sean apoyos de una persona con discapacidad con diagnóstico de COVID-19 o de un grupo de riesgo. Cabe recordar la obligación de las entidades públicas de contratar a personas con discapacidad en una proporción no inferior al 5 % de su personal y al 3 % en el sector privado, y que por Ley la persona que adquiera una discapacidad durante su trabajo tiene el derecho a la conservación del empleo.

La Defensoría del Pueblo, en su condición de Mecanismo Independiente encargado de promover, proteger y supervisar el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, seguirá atenta a las necesidades de este grupo vulnerable y pone a disposición para cualquier consulta la línea gratuita 0800-15170.