Huaraz, 03 de octubre de 2025.- En segunda instancia administrativa, la Sala Especializada en Protección al Consumidor del Indecopi confirmó las multas por un total de 7.91 UIT, equivalentes a S/ 42 318.5, impuestas a las agencias Lalo Travel Servicios Turísticos E.I.R.L. (Lalo Travel), Agencia de Viajes y Transportes Turístico Mirador Tours E.I.R.L. (Mirador Tours) y Empresa de Transportes Turístico Mony Tours E.I.R.L. (Mony Tours) por ofrecer como destino turístico la Laguna Parón (Áncash), pese a que el ingreso se encontraba restringido por medidas de seguridad ante el peligro de desborde y caída de rocas.
Durante las investigaciones, se determinó que las referidas agencias expusieron a los consumidores a un riesgo injustificado, contraviniendo el artículo 25° del Código de Protección y Defensa del Consumidor, al comprobarse que continuaban ofreciendo la laguna como destino turístico cuando su acceso estaba cerrado por razones de seguridad.
Por esta conducta, el Indecopi ratificó las sanciones impuestas en primera instancia administrativa por la Comisión de la Oficina Regional del Indecopi de Áncash sede Chimbote a Lalo Travel (5.01 UIT), Mirador Tours (1.60 UIT) y Mony Tours (1.30 UIT). Además, se ordenó el pago inmediato de las multas bajo apercibimiento de iniciar las acciones coercitivas
correspondientes en caso de incumplimiento.
De esta manera, el Indecopi reitera su compromiso de proteger a los consumidores frente a prácticas que vulneren su derecho a la seguridad e integridad, así como de garantizar que las agencias de viajes y turismo en el país actúen con responsabilidad y transparencia, evitando exponer a las personas a riesgos previsibles que puedan afectar su vida o su salud.
Las resoluciones son públicas y pueden ser vistas en los siguientes enlaces.
RESOLUCIÓN 1858-2025/SPC-INDECOPI: https://n9.cl/ht57o
RESOLUCIÓN 2309-2025/SPC-INDECOPI: https://acortar.link/opZuih
RESOLUCIÓN 1075-2025/SPC-INDECOPI: https://acortar.link/EtmsMU