Fuente: INDECOPI
Lima, 31 de marzo 2026.- La Comisión de la Oficina Regional de Cajamarca, ratificó la sanción impuesta a Scotiabank Perú S.A.A. tras determinar que la entidad bancaria no cumplió con las medidas de seguridad necesarias para proteger la tarjeta de crédito de un cliente. La resolución confirma que el banco vulneró el Código de Protección y Defensa del Consumidor, artículo 19°, al no acreditar que las operaciones cuestionadas fueron realizadas bajo protocolos de validación seguros.
Como consecuencia de esta infracción, se ha confirmado una multa de 3.78 unidades impositivas tributarias (UIT) contra el banco. Esta decisión se tomó luego de desestimar el recurso de apelación de Scotiabank, debido a que la institución financiera no pudo demostrar que adoptó las medidas de seguridad básicas para verificar la identidad del usuario al momento de procesar los consumos detallados en el expediente.
Además de la sanción económica, el Indecopi ha dictado medidas correctivas inmediatas para reparar el daño causado al ciudadano. Scotiabank tiene un plazo de 15 días hábiles para devolver (extornar) a la tarjeta de crédito del afectado el monto de las operaciones no reconocidas, junto con los intereses, comisiones y penalidades que se hayan generado. Asimismo, el banco deberá rectificar el historial del consumidor ante las centrales de riesgo y pagar los gastos del proceso legal.
La autoridad informó que esta resolución agota la vía administrativa, lo que significa que la entidad financiera debe cumplir lo ordenado de manera obligatoria.












