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DEFENSORÍA DEL PUEBLO: URGEN LINEAMIENTOS PARA ATENDER A LOS MÁS DE 10 MIL PERUANOS QUE SIGUEN EN EL EXTRANJERO

Nota de Prensa 

En oficio enviado a Viceministro reiteramos la necesidad de contar con un protocolo que permita conocer la estrategia de repatriación pendiente.

 Saludamos la decisión de disponer de mayor presupuesto para los vuelos y la asistencia, así como el cumplimiento de la cuarentena a su retorno.

La Defensoría del Pueblo destaca el anuncio de la Cancillería sobre la repatriación de más de 12 000 peruanos en el extranjero, afectados por el cierre de fronteras ante el brote del COVID-19, así como las medidas adoptadas para asegurar el cumplimiento de la cuarentena antes de regresar a sus hogares.

No obstante, aún quedan más de 10 mil compatriotas en el exterior imposibilitados de regresar, muchos de los cuales se encuentran en situación de alta vulnerabilidad, así por ejemplo ocurre con los 112 peruanos y peruanas estacionadas en Sudáfrica y otros ubicados en México, Estados Unidos, España, Sudáfrica, Nueva Zelanda, Colombia, Tailandia y otros países.

Se tiene conocimiento de que ya no quedan vuelos gestionados por Estados que, buscando regresar a sus nacionales estacionados en Perú, fueron aprovechados para traer a peruanas y peruanos ubicados en tales países. De ahí que las autoridades estén realizando gestiones para encontrar otras fórmulas de repatriación.

Saludamos que, a través del Decreto Supremo 082-2020-EF, se haya dispuesto de un presupuesto de S/ 7 millones para el Ministerio de Relaciones Exteriores para financiar la asistencia y repatriación de connacionales en el exterior. Sin embargo, es necesario informar de qué manera se gestionarán tales recursos.

Por ese motivo, la Defensoría del Pueblo reitera, nuevamente, la necesidad de contar con un programa integral y articulado que atienda la problemática de las y los peruanos en el extranjero que requieren regresar a su país, tal como ocurre en el caso de las y los peruanos, a nivel nacional, varados en una región distinta a la de su lugar de domicilio o trabajo habitual (RS N.097-2020-PCM).

Tales lineamientos deben ser transparentes e incluir, entre otros, criterios de priorización de casos y autorización de vuelos, asistencia económica a los connacionales que esperan viajar y condiciones de seguridad en cada etapa del traslado. En esa línea, a partir del seguimiento de casos de peruanos en el extranjero que requieren regresar, así́ como de quienes ya lo hicieron, compartimos, con el propósito de que sean tomadas en cuenta en la elaboración de tal documento, las siguientes observaciones:

●        Respecto a las y los peruanos que esperan un vuelo de repatriación, usuarios reiteran que se desconocen los criterios seguidos para priorizar la autorización de vuelos provenientes de una determinada ciudad;

●        Dada la prórroga del estado de emergencia al 10 de mayo, otros indican que ya no cuentan con recursos para mantener su estadía, pues dependían de ingresos que han dejado de percibir por la cancelación de actividades laborales o académicas en el extranjero. Estas personas no tienen acceso a asistencia económica debido a que sus boletos de retorno tienen fecha posterior al 31 de marzo, lo mismo ocurre cuando la fecha del pasaje corresponde a días posteriores al 10 de mayo. En estos últimos casos, tampoco pueden empadronarse en el registro en línea del Ministerio de Relaciones Exteriores;

●        En relación a las y los peruanos que se ubican en países donde es complicado gestionar un vuelo de repatriación por el reducido número de connacionales que esperan ahí, como pasa en el sudeste asiático -donde están dispersos en los países de la zona-, ciertos usuarios indican que, a pesar de encontrarse en una situación de desprotección, a falta de alojamiento o alimento, no están recibiendo apoyo;

●        Respecto a las medidas adoptadas en el arribo de las y los peruanos a territorio nacional, si bien se evidencian esfuerzos por implementar medidas de seguridad en cada etapa de traslado, usuarios observan una falta de accesibilidad para personas con discapacidad en las instalaciones donde aterrizan los vuelos.

●        Las y los repatriados que culminan su periodo de cuarentena en Lima y no residen en la capital requieren protección hasta poder retornar a sus domicilios en otras regiones.

Es de vital importancia contar así, con lineamientos que se hagan públicos que permitan informar sobre la estrategia de repatriación pendiente de desarrollarse, a fin de que las personas que aún esperan regresar puedan conocer el orden y la prioridad de los vuelos de salida. No tener esta información agrava la sensación de incertidumbre y temor que ya viven estas personas por el hecho de encontrarse lejos de sus hogares. Por su parte, las y los peruanos que viajaron por una estadía temporal deben tener garantizada una protección consular que les evite quedarse en situación de desprotección sin alimento o alojamiento.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo, conforme a su rol supervisor y garante de los derechos humanos, seguirá colaborando en hacer seguimiento a las medidas que se adopten en protección de las y los peruanos en el exterior, especialmente, de aquellos que están en situación de mayor vulnerabilidad.