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DEFENSORÍA DEL PUEBLO: SE DEBEN PUBLICAR PRECIOS Y FISCALIZAR CALIDAD DE OXÍGENO MEDICINAL

Digemid no informa el precio de venta del oxígeno medicinal en el observatorio de productos farmacéuticos de bienes esenciales.

Tampoco está fiscalizando venta no autorizada de oxígeno medicinal que hace crecer mercado informal.

Digemid no informa cuánto tiempo le lleva autorizar el funcionamiento de plantas de conversión a oxígeno medicinal.

La Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (Digemid) es un órgano de línea del Ministerio de Salud (Minsa), reconocida como la Autoridad Nacional de Salud de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios que tiene entre sus funciones controlar, supervisar, acreditar y vigilar la disponibilidad y calidad de los medicamentos y oxígeno medicinal. Asimismo, se le ha encargado la implementación del acceso de la población a la información en relación a los bienes esenciales para el tratamiento de COVID-19.

La Defensoría del Pueblo presentó el informe “Crisis de oxígeno para pacientes de COVID-19: Alternativas de solución” en el que, además de poner en evidencia la realidad que vive el país en la provisión de oxígeno medicinal, planteó recomendaciones específicas al Minsa, a la Digemid, a Susalud y a los gobiernos regionales.

En el caso de la Digemid, se recomendó visibilizar los precios de los bienes esenciales para el tratamiento del COVID-19, entre los que se encuentra el oxígeno medicinal, en el Observatorio Peruano de Productos Farmacéuticos de los Bienes Esenciales para el COVID-19, conforme a lo dispuesto en el Decreto de Urgencia 59-2020 del 20 de mayo de 2020 y la Resolución Ministerial 367-2020-MINSA. Esto lamentablemente, hasta el momento, no se ha realizado a pesar de que la misma Digemid presentó la lista de estos bienes esenciales y los proveedores autorizados de manera excepcional, pero sin considerar consignar la información de precios, lo cual es vital para los pacientes en un escenario de alta demanda.

También la Digemid recibió la recomendación de realizar acciones de fiscalización para detectar la venta no autorizada de oxígeno medicinal y garantizar el derecho a la salud de la población que adquiere directamente el referido bien esencial. Asimismo, la Digemid debe emitir reportes públicos y periódicos sobre los resultados de las supervisiones.

Finalmente, en el Comunicado Nº 09 del 11 de junio de 2020, la Digemid señala que “viene autorizando excepcionalmente la fabricación de oxígeno medicinal a 23 plantas industriales a nivel nacional”, sin precisar la producción total de oxígeno de estas plantas, ni el inicio del abastecimiento ni informar el porcentaje de la brecha de oxígeno que se va a cerrar con estas autorizaciones, tampoco informa cuánto tiempo le lleva autorizar el funcionamiento de plantas de conversión a oxígeno medicinal. En este sentido, la institución demanda a la Digemid reacciones y respuestas inmediatas.