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DEFENSORÍA DEL PUEBLO: MUNICIPALIDADES DEBEN FISCALIZAR ESPACIOS PÚBLICOS PARA GARANTIZAR SEGURIDAD EN HUÁNUCO

Nota de prensa 

Ocho municipalidades distritales en la región Huánuco aún no evalúan posibles situaciones de riesgo.

El módulo de la Defensoría del Pueblo en Tingo María demandó a las municipalidades distritales de Rupa Rupa y Santo Domingo de Anda, en la provincia de Leoncio Prado; Honoria, en la provincia de Puerto Inca; Tocache, Pólvora y Nuevo Progreso, en la provincia de Tocache; Santa Rosa de Alto de Yanajanca, en la provincia de Huacrachuco; y Monzón en la provincia de Huamalíes, realizar acciones de fiscalización a fin  de identificar parques y otros espacios públicos que presenten situaciones de riesgo o carezcan de medidas de seguridad, y realizar acciones que garanticen la vida e integridad de las personas usuarias, especialmente, de niñas, niños y adolescentes.

Este pedido fue reiterado en vista que el 5 de agosto último, el Módulo en mención solicitó a los municipios de la región Huánuco adoptar medidas de prevención continuas para evitar cualquier hecho que ponga en riesgo la vida e integridad de niñas, niños y adolescentes. En dicha ocasión, también recomendó coordinar con las empresas que prestan servicios públicos, las medidas de seguridad que serán puestas en marcha en los espacios públicos, e implementar canales diversos y accesibles para la recepción de denuncias vecinales sobre situaciones de riesgo.

El Comité de Derechos del Niño ha señalado que los entornos insalubres y peligrosos constituyen un problema que hay que superar para llevar a la práctica el derecho al esparcimiento y juego de la niñez y la adolescencia. Ello se logra con el acceso a espacios exentos de peligros inadecuados y cercanos a sus hogares, con medidas que promuevan su movilidad segura e independiente de acuerdo con la evolución de sus capacidades.

Sin embargo, a más de dos meses de efectuadas las recomendaciones, las ocho municipalidades distritales mencionadas no han cumplido con la fiscalización. En cambio, sí cumplieron con la medida las municipalidades distritales de Mariano Damaso Beraún, Pueblo Nuevo, Daniel Alomia Robles, Luyano, Pucayacu, José Crespo y Castillo, Hermilio Valdizán y Castillo Grande, en la provincia de Leoncio Prado. Asimismo, Puerto Inca, Tournavista, Yuyapichis y Codo del Pozuzo, en la provincia de Puerto Inca; Uchiza y Shunte, en la provincia de Tocache, y La Morada, en la provincia de Huacrachuco.

El módulo de la Defensoría del Pueblo en Tingo María señaló que el Estado debe velar por los derechos de las niñas, niños y adolescentes, además de la especial protección y los cuidados necesarios para garantizar su bienestar y desarrollo, conforme lo establece la Convención sobre los Derechos del Niño y la Constitución Política del Perú.

Además, refirió que, según la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde a las autoridades locales garantizar la adecuada prestación de los servicios públicos locales y, de acuerdo a la ley que regula la ejecución de obras de servicios públicos en áreas de dominio público, corresponde a las municipalidades regular las condiciones necesarias en los bienes de dominio público, lo que implica que deben asegurar que todo espacio público (parques, calles, avenidas, explanadas, entre otros) tenga las condiciones mínimas de seguridad.

Finalmente, el módulo de la Defensoría del Pueblo en Tingo María señaló que las circunstancias actuales por el COVID-19 no constituyen un impedimento para que los gobiernos locales realicen la fiscalización y creen canales de denuncia ciudadana para la alerta de situaciones de riesgo en los espacios de uso público máxime si se garantiza la atención oportuna de tales denuncias y previene la ocurrencia de accidentes con secuelas irreversibles.