En Vivo

DEFENSORÍA DEL PUEBLO: MUNICIPALIDAD DE HUARAZ DEBE ANULAR SUSPENSIÓN PERFECTA DE LABORES IMPUESTA A TRABAJADORES

Nota de prensa 

Medida no habría considerado condición de personal permanente, ni tampoco la situación de vulnerabilidad de los trabajadores personas adultas mayores.

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Áncash demandó a la Municipalidad Provincial de Huaraz dejar sin efecto la decisión adoptada, hace pocos días, de disponer la suspensión perfecta de labores por 90 días de diez trabajadoras y trabajadores de limpieza pública, recolección de residuos sólidos y cuidado de áreas verdes, pese a encontrarse contratados bajo los alcances del Decreto Legislativo 728, por lo que gozarían de estabilidad laboral.

A través de un documento dirigido por la oficina defensorial a la municipalidad provincial, se puso en conocimiento que la Resolución de Gerencia Municipal N° 115-2020-MPH/GAF, por la que se dispuso la medida de suspensión perfecta de labores, no habría considerado la condición de personal permanente, ni tampoco que, en su mayoría, se trataría de personas adultas mayores cuya protección laboral se encontraría garantizada en las disposiciones dictadas con motivo de la crisis sanitaria por el COVID-19.

Como ejemplo de ello, se citó lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1474, aprobado en mayo, en el que se establece la continuidad del vínculo laboral de las personas adultas mayores durante la emergencia sanitaria, precisándose además que, en los casos en que la naturaleza de las labores que realice este sector de la población no fuera compatible con el trabajo remoto, corresponde otorgar una licencia remunerada con cargo a ser compensada al culminar el periodo de emergencia.

En ese sentido, se informó a la autoridad provincial que la medida adoptada estaría afectando injustificadamente derechos laborales, al no haberse tenido en cuenta la condición de vulnerabilidad en que se encuentra este sector de trabajadoras y trabajadores municipales. A ello debe sumarse el hecho de que la medida habría sido aprobada de manera unilateral, sin previamente convocar a las personas afectadas para acordar una solución que no aqueje sus derechos.

Al respecto, la jefa de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Áncash, Soledad Rodríguez, sostuvo que la entidad edil debió consensuar previamente con el personal para buscar mecanismos de solución como el otorgamiento de vacaciones vencidas o anticipadas, ello con la finalidad de no perjudicar al personal obrero teniendo que se encuentra dentro del grupo vulnerable de especial protección.

La representante de la institución precisó también que las y los trabajadores afectados con la medida tienen la condición de personal con contrato indeterminado, es decir que sus remuneraciones se encuentran comprendidas en el presupuesto que se asigna a la institución y no dependen de los recursos que recauda la entidad. Por ello, requirió que la medida sea corregida en el más breve plazo a fin de no continuar afectando los derechos laborales de este sector.

“Resulta necesario se efectúe la evaluación correspondiente a fin de dejar sin efecto decisiones excesivas que perjudican el derecho remunerativo de trabajadoras y trabajadores en estado de vulnerabilidad, más aun cuando este derecho es fundamental para sus subsistencias y las de sus familias”, remarcó.