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COLEGIOS PARTICULARES PODRÍAN RETIRAR A ALUMNOS QUE NO HAYAN PAGADO PENSIÓN POR TRES MESES

Fuente: Publimetro 

Los colegios particulares del Perú podrían retirar a los alumnos que adeuden por dos meses consecutivos o tres meses discontinuos, tras una medida que se planteó en un dictamen que fue aprobado por unanimidad por la Comisión de Educación del Congreso.

El dictamen que fue aprobado el pasado 3 de junio y que modifica la Ley de Centros Educativos Privados, indica que en caso de no pagar la mensualidad, las instituciones privadas podrán pedir, vía notarial, al padre de familia, tutor o apoderado del alumno que cumpla con su obligación en un plazo máximo de 30 días calendario.

Asimismo, especifica que en caso de que no se llegue a cumplir con el pago de las pensiones, los colegios privados pueden iniciar el retiro del estudiante y trasladarlo a otro centro educativo, ya sea público o privado, en coordinación con la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) correspondiente.

Vale precisar que este dictamen, que deberá ser debatido posteriormente en el Pleno, busca prohibir que los colegios privados cobren pensiones adelantadas, a menos que en ellos se sustituya la cuota de ingreso o la matrícula.

Además, se prohibiría el condicionamiento de la inscripción, matrícula y la permanencia en la institución educativa al pago de contribuciones denominadas voluntarias.

También se prohibiría la exigencia de presentar, el primer día de clases, el íntegro de los materiales educativos requeridos por la institución educativa privada. Estos materiales deberán entregarse de manera progresiva.

Otra modificación a la norma es que las instituciones privadas no pueden exigir la compra de uniformes, materiales educativos en establecimientos señalados con exclusividad por la institución educativa.