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DEFENSORÍA DEL PUEBLO: HOSPITAL DEL NIÑO EN BREÑA DEBE BRINDAR INFORMACIÓN CLARA Y OPORTUNA A FAMILIARES DE PACIENTES

Nota de prensa 

·         En supervisión se verificó que decenas de madres y padres de familia pernoctan al frente del nosocomio a la espera del informe médico.

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Lima requirió al Instituto Nacional de Salud del Niño de Breña informar sobre cuáles son los mecanismos implementados para brindar información diaria sobre la situación de salud y diagnóstico a las y los familiares de pacientes hospitalizados. Este pedido se realizó tras verificar que decenas de personas se encuentran ocupando la acera ubicada en el Jr. Restauración frente al referido hospital.

Al respecto, personal de la institución conversó con los familiares quienes aseguraron que no existiría un canal de comunicación adecuado para acceder a los informes médicos de sus pacientes; toda vez que, por ejemplo, si no se encuentran presentes al momento en que el médico de turno sale a llamarlos, ya no se les brinda dicha información, motivo por el cual se ven en la necesidad de quedarse afuera de las instalaciones permanentemente.

Asimismo, afirmaron que no se estarían utilizando los medios telefónicos para hacer llegar el informe médico diario, sino solo a través de la modalidad presencial; y que, no se contaría con horario establecido para su otorgamiento. Por otro lado, aquellos que indican haber recibido informe médico diario, presentan un problema de entendimiento sobre el diagnóstico de sus pacientes.

“Durante nuestra visita también presenciamos la descompensación de una señora adulta mayor, a quien el personal de seguridad del instituto habría dicho, una noche anterior, que su familiar había fallecido, lo cual fue errado, pues el paciente habría fallecido recién en ese preciso momento. Esta situación evidencia falta de claridad sobre los canales adecuados de comunicación establecidos”, manifestó Alberto Huerta, jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Lima.

En ese sentido la institución recordó que en la Ley N° 29414, Ley que establece los Derechos de las Personas Usuarias de los Servicio de Salud, se indica que la información que se brinde sobre la enfermedad de un paciente debe hacerla el personal médico en términos comprensibles, de manera completa (diagnóstico, pronóstico, alternativas de tratamiento, entre otros), oportuna y continuada. Además, solicitó considerar que en el contexto de emergencia sanitaria, los establecimientos de salud deben implementar mecanismos que eviten que los familiares puedan aglomerarse en la búsqueda de información sobre sus pacientes.

Finalmente, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Lima solicitó al Instituto Nacional de Salud del Niño de Breña, tener en cuenta que las y los familiares de pacientes pueden desconocer la terminología médica por lo que se les debe brindar el informe médico en un lenguaje más accesible, precisándoles el diagnóstico, procedimientos y plan de trabajo establecidos, a fin de lograr su entendimiento.