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SERVICIO AL CIUDADANO

SERVICIO AL CIUDADANO

Según nuestra Constitución, “todos los funcionarios y trabajadores públicos están al servicio de la Nación” y como son un componente de ella los ciudadanos, obviamente los funcionarios y trabajadores públicos están a su servicio de acuerdo a sus competencias, atribuciones y facultades.

En la norma que aprueba los lineamientos de Organización del Estado (D.S. 054-2018-PCM) se dispone que las entidades del Estado deben organizarse para responder mejor a las necesidades de la ciudadanía, asegurando una prestación ágil, oportuna, efectiva y de calidad para lograr resultados  que impacten positivamente en el bienestar de la ciudadanía y en el desarrollo del país.

Por otro lado, la Ley del Procedimiento Administrativo General determina como principios del mismo el impulso de oficio, la razonabilidad, el informalismo, la presunción de veracidad, la buena fe del administrado, la celeridad procesal, la eficacia, la simplicidad y la predictibilidad, entre varias otras.  Destaca, asimismo, que el administrado debe ser tratado con respeto y consideración y que los funcionarios y servidores públicos deben cumplir a plenitud con sus obligaciones.

Por cierto muy buenos los propósitos de tales normas y de quienes las prepararon, así como de quienes las ordenaron, pero lamentablemente, por lo general, quedaron en buenas intenciones, pues rara vez se cumplen los plazos, se exigen requisitos que ni siguiera están en los TUPAs y hay una clara intención sancionadora en las reparticiones públicas y de quienes están empleados en ella.

Como podemos advertir el buen trato, respeto y consideración al administrado brillan por su ausencia, por lo que deberíamos hacer algunos cambios en la normatividad procedimental administrativa, para que los funcionarios y servidores públicos, realmente lo sean y sirvan al administrado facilitándoles sus trámites para que no sean, como hasta hoy, un vía crucis, principalmente cuando se trata de obtener alguna licencia, autorización, concesión o permiso.
Podrían hacerse algunas enmiendas en la normatividad procedimental administrativa, para que antes de un proceso sancionador puedan emitirse advertencias al administrado, llamadas de atención, exhortaciones, requerimientos simples y hasta notificaciones de cortesía. Además si el administrado hace caso omiso a tales advertencias, porque no, antes de multar, que es lo más fácil pero molesto, comenzar con una simple amonestación.

Si por lo demás, se supone que el Estado está interesado en formalizar a la actividad informal que reina en todo tipo de emprendimientos, hagamos que sus trámites para ello sean sencillos, rápidos y sin tantos requisitos que hagan odiosa la formalización.

El nuevo Parlamento tiene una tarea interesante para lo que hemos expuesto, sobre todo teniendo en cuenta que es el administrado quien en buen romance, a través de sus impuestos, es quien remunera a los funcionarios y servidores públicos.

El buen trato, la gentileza y las buenas maneras, no quitan autoridad a quienes la ejercen sino todo lo contrario, las hacen más respetables y respetadas por los ciudadanos.

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